Instalarán 16 casillas para votos en prisión

Instalarán 16 casillas para votos en prisión

Un promedio de 16 casillas son las que podrían instalarse en Chiapas para llevar a cabo las votaciones al interior de los centros de reinserción social con personas que todavía no han sido sentenciadas y que conservan sus derechos políticos, puntualizó la vocal ejecutiva de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE), Claudia Rodríguez Sánchez.

Dijo que han establecido comunicación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC) y con el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) para establecer un convenio de colaboración, a fin de organizar todo este proceso.

Sufragio

Las personas que están sin sentencia podrán votar (si así lo desean) por cargos de elección popular para puestos municipales, estatales y federales. El corte, explicó, se hará con fecha límite al 31 de diciembre.

Después de esa fecha se tendrá una lista preliminar, recordando que al ser sujetos no sentenciados las cifras pueden aumentar o disminuir. Las casillas se instalarán, pero dependerá de la seguridad y las condiciones de cada espacio penitenciario.

El próximo año se definirá si la jornada electoral se hace en uno o varios días, es una situación que se tiene que definir con cada centro.

La logística indica, detalló la vocal, que se hará, primero, la integración de la lista nominal, después llevarán todos los insumos electorales a las cárceles, bajo el aviso de garantizar la libertad y el secreto en el voto.

Protocolo

Las personas privadas de su libertad votarán por los cargos de elección popular, acorde al domicilio que tenga registrado el centro penitenciario, esto va hacia el tema de las diputaciones (locales y federales) y municipios.

El protocolo marca que después que se reciban los votos, el personal del INE los resguardará y se trasladará al consejo que corresponda. Se van a contar hasta que termine la jornada electoral de junio. El sufragio en prisión será anticipado: se prevé que sea en mayo de 2024.