La sentencia histórica que ampara a la comunidad tsotsil de La Candelaria, en San Cristóbal de Las Casas, es un parteaguas jurisprudencial para México, y marca un hito en la justicia constitucional.
En el programa “Justicia bajo la lupa”, transmitido a través del canal oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), especialistas detallaron el alcance jurídico y social de esta resolución que se dio en febrero tras una lucha que comenzó en 2021, donde la comunidad tsotsil de La Candelaria acordó gestionar formalmente su derecho a la libre determinación y autogobierno.
El tribunal concluyó que el Congreso estatal incurrió en omisión legislativa al no adecuar sus normas a la reforma constitucional de 2024 ni al Convenio 169 de la OIT, ordenándole legislar en 180 días naturales.
Asimismo, vinculó al Ejecutivo estatal, al Congreso local y al Ayuntamiento para que, en 90 días, garanticen el autogobierno de la comunidad, entregándoles directamente su presupuesto proporcional con capacitación para su administración y la traducción del fallo al tsotsil.
A diferencia de casos como Cherán, que se lograron por la vía electoral u organismos locales, este pronunciamiento nace de la SCJN y sienta un criterio vinculante para todos los juzgadores del país.
¡Además de obligar a emitir reglas generales, la sentencia rompe con una tradición en la que el 80 por ciento de las resoluciones sobre pueblos indígenas se limitaban a la consulta previa, reconociéndolos ahora como sujetos de derecho público.
La decisión ataca la intermediación de las cabeceras municipales, cuestionadas por retener o condicionar los fondos de los pueblos originarios.
La transferencia directa debilita el caciquismo local y fortalece el autogobierno, aunque la Corte aclaró que la autonomía no es carta blanca, ya que los sistemas normativos internos deben respetar los derechos humanos, especialmente de mujeres e infancias.












