El jurista Eduardo Quiroz explicó que el reciente fallo de la SCJN que declaró válida la revisión de personas y vehículos por parte de la policía, sin previa autorización judicial, es legal en el marco jurídico pero inmoral en la praxis procesal de México.
Explicó que esta determinación evidencia la necesidad de las autoridades para robustecer las acciones en la lucha contra la delincuencia organizada, sin embargo en el tránsito se vulneran los derechos de los ciudadanos que se encuentran en un estado de indefensión.
El doctor en Derecho y además investigador por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) expuso que la determinación confía plenamente en la buena práctica policial y determina que los primeros grupos en llegar a los escenarios podrán dar revisiones.
Sin embargo, México tiene un largo historial por la mala praxis policial, donde incluso los propios guardianes del orden “siembran” delitos a los ciudadanos.
En este sentido, explicó que la determinación es funcional en el marco jurídico normativo, pero inmoral para las condiciones sociales de México y Chiapas, pues antes de regular estas actuaciones policiales es necesario garantizar la capacitación de las policías en México.
Recordó que en el marco del debate sobre disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Pleno de la Corte declaró constitucionales los artículos 132, fracción VII; 147, tercer párrafo; 251, fracciones III y V; 266 y 268 impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
El organismo argumentó que la facultad que tienen los elementos policiacos para realizar revisiones de personas y vehículos, sin que un juez emita previamente una orden, transgrede los derechos a la libertad personal y de tránsito, seguridad jurídica, privacidad, vida privada, integridad personal y de no injerencias arbitrarias.











