Legalidad y moralidad

"Francisco Valdés Ugalde * SUN

Cada día es más evidente la brecha entre lo que disponen las leyes y los valores de ética pública que serían deseables en la vida nacional. Han crecido en número e importancia las ocasiones en que políticos y funcionarios alegan que sus actos se apegan a la ley y que ese hecho justifica medidas y decisiones que los medios de comunicación y la opinión general ponen en duda.

Hay muchos ejemplos recientes. Los permisos otorgados por la Secretaría de Gobernación para establecer casas de apuestas, aún bajo la conducción de Santiago Creel; el llamado del Presidente de la República a festejar su elección del 2 de julio de 2000, a sabiendas de que al día siguiente habría elecciones en el estado de México; la clasificación como reservada de la información relativa a contratos y ejercicio presupuestal de buena parte de la obra pública en el DF y otras entidades del país; el rechazo de varios partidos a las excitativas del IFE para dar a conocer sus cuentas de precampana, etcétera. Este espacio sería insuficiente para enumerar los hechos de esta naturaleza.

Quizá el caso más grave de todos sea el de las dificultades observadas en los últimos anos para aplicar seriamente las normas que deberían castigar la corrupción de funcionarios de administraciones actuales o pasadas. En el arribo a la democracia fue fundamental la exigencia de rendición de cuentas y combate a la corrupción. A casi 10 anos de contar con un Congreso plural, todavía no se dispone de instituciones adecuadas para corregir este grave mal.

A la reacción pública de extranamiento por estas formas de proceder, los funcionarios y políticos suelen responder que han actuado dentro de la legalidad; que sus decisiones o acciones como autoridad fueron hechas de acuerdo con la normatividad vigente. Al justificarse de este modo se colocan inevitablemente en una actitud defensiva que revela involuntariamente su propia conciencia de esa brecha entre legalidad y ética política.

Esto debe movernos a plantear una pregunta fundamental en la construcción de todo Estado moderno: zcorresponde la legalidad imperante a los valores que la sociedad pretende hacer vigentes? zHay un ajuste recíproco entre legalidad y moralidad que asegure que aquélla tiene el poder de hacer que ésta se cumpla en la vida pública?

Quizás algunos pensarán que estas preguntas están impregnadas de ""moralina"", aunque bien miradas se trata sólo del escrutinio a que debe responder todo sistema jurídico. A la vez, este cuestionamiento se desdobla en dos: por una parte, es necesario explicar de qué modo se inscribe un sistema de legalidad en la realidad social, económica y política de un país. Por otra, es menester senalar de qué modo sería posible, dado lo anterior, proceder en la edificación de un sistema jurídico de cumplimiento obligatorio, alcance universal y efectivamente aplicado.

La piedra con que se han topado las autoridades que escudan actos injustificables detrás de un revestimiento de legalidad es su propia incapacidad para enfrentar la calidad de esa legalidad. Esto suponiendo que estuviésemos en el mejor de los casos, cuando por parte de dichos funcionarios existe buena fe. A pesar de algunas honrosas excepciones, este supuesto es dudosamente sostenible en la mayoría de los casos.

Una hipótesis más realista nos diría que así como la legalidad sirve para contener los excesos de la autoridad, en muchos casos es útil para lo contrario. El funcionamiento de los órganos encargados de que los funcionarios observen las normas que los obligan sigue siendo precario.

Lo mismo ocurre con la legalidad en que descansa su organización, sus facultades y los procedimientos para ejercer sus funciones. Lo vimos en el caso del juicio de desafuero de AMLO. Más recientemente lo hemos visto en la liberación de Raúl Salinas. Y lo percibimos diariamente en la gran cantidad de casos en que alguna autoridad se ve involucrada en asuntos que dejan ver la dudosa relación entre la legalidad y la decencia de sus actos. Lo peor del asunto es que la legalidad es el único instrumento con que el juzgador puede decidir acerca del caso que se le presenta. Un juez, o quien haga las veces de tal (como el jurado de procedencia), no puede más que atenerse a los procedimientos que la ley le marca para decidir si un presunto delincuente es culpable o no de una falta o delito.

Desde luego, esta acción del juzgador es interpretativa, es decir, no se atiene sólo a la letra de la disposición jurídica, pues cada caso tiene particularidades que hacen necesaria la ""aplicación"" específica de la norma legal. Pero la interpretación tiene límites. Quien juzga no puede extralimitarse en una ""libre"" interpretación de la ley, pues sería impugnado si al hacerlo contraviene lo que razonablemente puede considerarse en lo técnico una aplicación correcta de la norma jurídica.

Por consiguiente, el juzgador no sentencia la naturaleza ética de un comportamiento sino su conformidad con las normas. Quizás en muchos de los ejemplos mencionados la legalidad justifique los actos de la autoridad respectiva y que, inclusive, los haga inexpugnables. No obstante, la proliferación de ejemplos de contradicción entre lo que algunas leyes permiten y el reclamo de una conducta honrada por parte de los gobernantes es un indicador del atraso de nuestro estado de derecho.

Mientras no se actualicen las normas que obligan a rendir cuentas en serio a los funcionarios y, en general, sin una revisión y puesta al día del sistema jurídico, no dispondremos del instrumento fundamental por cuya universalidad es posible ajustar moralidad y derecho, es decir hacer efectivos los valores que queremos que guíen la política. De este modo seguirá abierta una brecha que envilece nuestra vida pública. Investigador del IIS-UNAM.



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