El trágico accidente de dos colectivos en pleno centro de la ciudad de Tapachula el lunes por la mañana, que dejó como saldo daños materiales y personas gravemente lesionadas que son atendidas en hospitales públicos, dejó al descubierto la irresponsabilidad en la supervisión.
Respecto a la obligatoriedad de las unidades del servicio público de pasaje de contar con un seguro de pasajeros, en este caso la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) no la cumple, ni el concesionado, ni la aseguradora que muchas veces se niega a cumplir con dicha responsabilidad.
Las dos personas gravemente lesionadas luego del choque entre dos colectivos de la ruta 38 (Prepa 2) y otro de la ruta 12 (11 de Septiembre) reciben atención médica en el Hospital General de Tapachula y no en una clínica particular, como lo señala el seguro de cobertura.
Mientras que sus familiares exigen la atención a la que tienen derecho, los choferes huyeron del lugar y ninguna autoridad atiende a los afectados.
Lamentablemente, en Tapachula son comunes los accidentes de tránsito en los que se involucra el transporte público. Muchos de los reclamos son porque aunque tengan cubierto el seguro, la empresa aseguradora se niega a cubrir los montos establecidos aduciendo una serie de situaciones que retardan la atención y obligan al concesionario a cubrir de manera directa los gastos, con la promesa de recuperarlos posteriormente.
De acuerdo con la ley, todo usuario del transporte público debería estar protegido en caso de algún accidente, pero se desconocen los medios y las coberturas para dar el servicio público de pasaje.
Uno de los requisitos que se deben cumplir ante la SMyT es contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las afectaciones de los usuarios en caso de accidentes.
El seguro debe cubrir, con información precisa, los gastos médicos del usuario como hospitalización, intervención quirúrgica, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas.
Asimismo, indemnización por incapacidad parcial o total, gastos funerarios e indemnización en caso de fallecimiento, con montos establecidos.