Ley de MyT no permite servicio por apps

Ley de MyT no permite servicio por apps

“En Chiapas el servicio público de pasaje solo puede ser operado con vehículos debidamente concesionados y en regla”, expuso en entrevista el delegado de la Secretaría de Movilidad y Transporte en Tapachula, Miguel Agustín Galdámez Culebro, al referirse a servicios ofertados por particulares a través de plataformas digitales y redes sociales en las que señalan estar trabajando en esta ciudad y Tuxtla Gutiérrez, situación que calificó de irregular.

Expuso que “ni la población usuaria debe exponerse a riesgos innecesarios, ni dueños de vehículos particulares deben caer en el engaño porque es un servicio que no es legal”. Afirmó que la Ley de Movilidad y Transporte del estado señala que el servicio de taxis, colectivos y otros solo es facultad de quien cuente con la concesión y/o documento correspondiente que debe cumplir con los requisitos que den certeza, seguridad y confort al usuario.

Expuso que Chiapas no está permitido ni el Uber ni otros servicios de apps si no es con unidades concesionadas, y esto incluye lo que en la capital del estado están anunciado como Indriver, que es irregular y el usuario del servicio público de pasaje que utiliza estas unidades se expone a situaciones de inseguridad que han sido recurrentes en este tipo de servicios en otras partes del país por no estar regulados.

A diferencia del concesionado, las apps son unidades particulares difíciles de identificar que no están registradas, que no pasan control de calidad para dar el servicio y, por lo tanto, son “piratas”.

Lo mismo ocurre con los conductores personas a quienes solo las apps registran, pero que en caso de responsabilidad los desaparecen, estos no aplican pruebas de capacidad, calidad, comprobación de documentos, como está ocurriendo con la mayoría de los sitios con el padrón de choferes que presentan a la FGE.