Marcha atrás para pruebas de control

"Heriberto Ortiz * CP. Respecto de la pasada legislación local a favor de la aplicación de exámenes de control de confianza a aspirantes de cargos populares, en Chiapas no se aplicaran los referidos procedimientos de control y confianza, aseguró Pedro López Ayanegui, titular del Centro de Control y Confianza Certificado, después del resolutivo de anticonstitucionalidad emitido por Poder Judicial de la Federación (PJF).

Explicó que, ""en estricto respeto a la legalidad, nosotros como institución oficial acataremos el veredicto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde dictamina que ningún aspirante a cargo de elección no podrá pasar los exámenes del centro de control de confianza certificado"".



Inconstitucionalidad

Esto fue promovido por la Procuraduría General de la Republica en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de Chiapas, basados en tres fundamentos: que es procedente y fundada la presente de inconstitucionalidad; se declara la invalidez del párrafo tercero del Artículo 7° del código de elecciones y participación ciudadana del estado, en los términos expresando en los dos últimos considerados de la presente resolución.

En este escenario, el funcionario dijo que los ciudadanos deben fijarse en la trayectoria y el perfil de quienes aspiren a ocupar un cargo de elección popular como presidente municipal, diputado local o federal, ya que su mismo historial nos hará tomar una decisión al respecto por su pasado o su presente, lo que nos hará validar por cuál candidato se votara.

Los legisladores son los responsables de actualizar los requerimientos para poder acceder a cargos de elección popular, no sólo los de control y confianza que son los exámenes de toxicología, polígrafo y estudio socioeconómico, debe de haber otros tipos de candados que permitan que el ciudadano de fe y con historial limpio pueda acceder a extravíos de poder, dijo.

"