El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), a través de los lineamientos emitidos para las candidaturas independientes al proceso local ordinario de 2024, reveló que aquellas personas que pretendan participar bajo esta figura para competir por el cargo a la gubernatura deben reunir el 2.5 % de apoyo de la lista nominal, lo que sería equivalente a 98 mil 282 personas.
Para quienes tienen el interés de participar, que incluye el cargo de las diputaciones locales y miembros de Ayuntamientos por la vía relativa, podrán hacerlo en dos periodos para inscribirse. El primero vence este 22 de diciembre y el siguiente será del 2 al 8 de enero de 2024. Para conocer los detalles se puede ingresar a la página oficial del IEPC.
“La persona solicitante deberá comunicar su intención al instituto en las oficinas centrales por escrito, en original y con firma autógrafa de la persona ciudadana y en el formato que establezca la convocatoria aprobada por el Consejo General, según el cargo que corresponda, mismo que estará disponible en la página electrónica de este instituto www.Instituto-chiapas.org.mx en el apartado relativo a candidaturas independientes”, se relató.
Plazo en el estado
En el caso de la gubernatura del estado, el plazo para que se resuelva la procedencia de manifestación de intención se tiene que dar a conocer a más tardar el 12 de enero, mientras que para las diputaciones locales y ayuntamientos será el 16 del mismo mes.
Las personas que obtengan la calidad de aspirantes pasarán a la etapa de recolección del apoyo. Para la gubernatura será de 29 días (entre el 13 de enero y el 10 de febrero de 2024), mientras que para las diputaciones locales y ayuntamientos será de 25 días, del 17 de enero al 10 de febrero. Si hay más de dos interesados por el mismo espacio, el registro se hará al que reciba la cantidad mayor de firmas.
El 2.5 % de apoyo que deben recabar quienes aspiren a la gubernatura por la vía independiente, se toma en cuenta con el corte de la lista nominal al 31 de agosto de este año.
En el caso de las personas que quieran competir por las diputaciones de mayoría relativa sin el acompañamiento de partidos políticos, tienen que concentrar el 2.5 de la lista nominal de electores para el distrito en disputa.
Para el caso de los ayuntamientos, se estableció que “en municipios con una población de hasta diez mil electores inscritos en la lista nominal, el tres por ciento de la lista nominal correspondiente al municipio de que se trate, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos un tercio de secciones electorales que representen cuando menos el uno punto cinco por ciento”.












