Mejoran proceso para declaración anual

Autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) informaron sobre algunas mejoras que se implementaron para la declaración anual de personas morales, con el fin de que el formulario pueda llenarse en un tiempo menor; asimismo, expusieron la importancia de cumplir con esta obligación.

Silvia Cruz Rincón, administradora de Recaudación; y Lorie Nayeli Juárez Mota, administradora de Servicios al Contribuyente del SAT, explicaron que para los que tributan en el régimen general de ley, en el apartado de gastos se agregó un campo llamado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra precargada toda la información de los comprobantes digitales, como CFDI que emitieron los contribuyentes por los conceptos de ingresos y egresos con el método de pago de “una sola exhibición” o “diferido”.

En la sección de Trabajadores, se incluyó un campo de “PTU no deducible”, y se conserva en la funcionalidad en la declaración o formulario el de Remanente de Pérdidas Fiscales, donde se encontrará información pre-cargada del ejercicio de 2014 a 2023.

Para los de Régimen Simplificado de Confianza, también contamos con un campo denominado “Nomina deducible de periodos anteriores”, en donde se va a ubicar información acumulada dentro del tiempo a declarar.

Requisitos

Resaltaron que para el envío de la declaración a través del portal sat.gob.mx, es necesaria la e.firma y se recomienda estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, Resico de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Acotaron que, en caso de que el contribuyente presente declaraciones complementarias, hay que esperar un plazo de 24 horas, si no tuvo pago; y de 48 horas en caso de tenerlo, para que la declaración precargue dicha información.