México en la Corte Penal Internacional

El Congreso mexicano acaba de dar un paso importante en materia del abatimiento a la impunidad en el caso de delitos de lesa humanidad cometidos por mexicanos, tanto en nuestro país como en cualquier otro sitio.

Ayer, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó, por unanimidad, la Declaratoria del Estatuto de Roma, con lo cual México quedó integrado a dicho Tratado por el que, luego de la aprobación en el Senado de la República, nuestro país podrá acceder a que se someta a ciudadanos mexicanos a la Corte Penal Internacional (CPI), la cual tiene su sede en La Haya, Holanda.

La Corte surgió en 1948, bajo auspicios de la ONU, al considerar la posibilidad de crear una instancia internacional, permanente, para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.

De tal forma en su artículo I establece que el genocidio, cometido en tiempo de paz o de guerra, es un delito de derecho internacional que las partes contratantes se comprometen a prevenir y sancionar, y ya en su artículo VI dicta que las personas acusadas de genocidio, o actos relacionados, serán juzgadas por un tribunal del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o bien ante la Corte Penal Internacional en tanto que sea competente respecto de asuntos que sean de su jurisdicción.

Aunque por la tradicional política de nuestro país de no participar en aventuras intervencionistas en el extranjero, es mínima la posibilidad de que ciudadanos mexicanos que formen parte de cuerpos expedicionarios cometan crímenes de guerra en otros países.

Pero es importante que el gobierno mexicano haya aceptado un principio elemental de acatamiento al derecho internacional, renunciando a un viciado privilegio que ciertas naciones se arrogan por considerarse por encima de las leyes y de los acuerdos internacionales.

Esta es una posición que en los últimos anos adoptó Estados Unidos, el cual ha renunciado a ser sujeto de jurisdicción de la citada Corte y ha prohibido que soldados suyos puedan ser así juzgados. Su rechazo llega al grado de que ha amenazado con represalias a las naciones que reconozcan la autoridad de la Corte para juzgar a ciudadanos de EU.

La decisión de México nos alinea abiertamente en las filas de las naciones que están dispuestas a que las decisiones que involucren actos multilaterales de intervención o reclamos contra terceros países se hagan a través de un esquema internacional y bajo el mandato de las leyes. Aunque la Corte se encarga de conocer básicamente reclamos entre naciones, podría tener jurisdicción sobre acciones cometidas por gobernantes o líderes políticos en nuestro territorio, si existe el reclamo de un tercero, nacional o extranjero, a cuyo criterio se haga indispensable la intervención de la CPI.

Es el caso, asimismo, de los delitos de genocidio o de lesa humanidad cometidos en México por individuos con poder en contra de nacionales; a aquellos, en adelante, podría sometérseles a proceso, ya sea en nuestro país o bien (luego de un procedimiento por el cual si así se considera pertinente) podrían ser enviados a La Haya. México puede, además, cooperar con la CPI participando en sus deliberaciones y aportando magistrados y fiscales debidamente capacitados y autorizados.

De cualquier modo, el paso adelante que da ahora el Congreso mexicano es el de ubicarse en una esfera de justicia internacional que, sin duda, llevará a desestimular los diversos crímenes que la Corte Penal Internacional tiene como misión erradicar.(El Universal).