El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana aprobó sancionar al presidente municipal y tesorero de Emiliano Zapata por la comisión de violencia política en razón de género, además del partido Podemos Mover a Chiapas por infracción por afiliación y uso indebido de datos personales.
Dictamen
Al alcalde mencionado se le impuso una multa económica de cinco mil Unidades de Medidas y Actualización (UMA); también se determinó como medida de reparación del daño que ambos funcionarios deberán ofrecer una disculpa pública a las denunciantes.
Asimismo, determinó la pérdida de la presunción del modo honesto de vivir, como requisito de elegibilidad para ocupar cargos de elección popular por un periodo de cuatro años.
Por otra parte, se aprobó resolver el Procedimiento Ordinario Sancionador iniciado en contra del partido político local Podemos Mover a Chiapas, por la acreditación de la infracción por afiliación y uso indebido de datos personales.
En tal razón, se impone al partido político una multa equivalente a 15 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir un millón 303 mil 200 pesos; dichos recursos serán remitidos al Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación (ICTI) del Estado de Chiapas.
En la sesión se atendieron Procedimientos Ordinarios Sancionadores en contra de funcionarias y funcionarios municipales de Ixhuatán, Suchiate, Pichucalco, Reforma, La Concordia, Tuzantán y Cintalapa; lo anterior, al acreditarse plenamente la responsabilidad administrativa por la difusión de propaganda institucional con promoción personalizada, la cual está expresamente prohibida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la normatividad electoral.
La consejera electoral María Magdalena Vila Domínguez, presidenta de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, dijo que se resolvieron 20 procedimientos: uno por VPRG, uno por afiliación indebida y 18 por promoción personalizada. De los 20 procedimientos, 11 fueron decretados con sanción y nueve sin sanción. De los 11 con sanción, ocho fueron resueltos con base al Código de Elecciones y Participación Ciudadana y tres con la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas.












