En sesión pública de resolución de 04 de agosto de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró fundado el incidente de incumplimiento de la sentencia emitida el 24 de abril de 2015 en el juicio ciudadano 284, promovido por Egrisel Sánchez Díaz; por medio de la cual esta Sala ordenó al presidente municipal de Acala, Chiapas, restituir al actor en el cargo de síndico municipal propietario; además, se vinculó al edil a realizar las gestiones necesarias a fin de reponer a Sánchez Díaz el pago de la remuneración como síndico municipal desde el mes de octubre de 2014 hasta la fecha de conclusión de su cargo.
Los magistrados federales determinaron que no encuentra sustento jurídico el desconocimiento de la sentencia con el que las autoridades del ayuntamiento en mención pretenden justificar su incumplimiento, toda vez que no acreditaron las supuestas deficiencias en el procedimiento de entrega-recepción que los llevó a desconocer dicha sentencia, y en el extremo de que estuviese acreditado, tal circunstancia no sería imputable al promovente, por lo que no podría depararle perjuicio alguno.
Aunado a que, desde el 1º de octubre de 2015, fecha en que tomaron posesión las actuales autoridades municipales, se han sustanciado y resuelto dos incidentes de incumplimiento de sentencia en relación al juicio en comento, cuyas resoluciones han sido notificadas por oficio al presidente municipal e integrantes del ayuntamiento.
En razón de lo anterior, ante la conducta contumaz del presidente municipal e integrantes del ayuntamiento, al ser omisos en el cumplimiento de la sentencia, se ordenó que, de manera inmediata a la notificación de la presente resolución, realicen los actos y gestiones que sean necesarios para el cumplimiento de la misma, debiendo informar a esta Sala de ello.
Y a fin de evitar la repetición de conductas que retarden el debido cumplimiento y ejecución de las sentencias emitidas por esta Sala Regional, se multó al presidente municipal e integrantes del ayuntamiento de Acala, por el equivalente a cincuenta Unidades de Medida y Actualización, es decir $ 3,652.00, y se apercibió a dichas autoridades que, en caso de persistir el incumplimiento, se les impondrá una multa mayor.











