Para poder abastecer cabalmente del suministro de agua potable a la colonia de Real del Bosque se necesitarían de aproximadamente mil 800 metros de tuberías lineales, una obra obligada que la desarrolladora Homex incumplió y la autoridad municipal de entonces permitió.
El proyecto original establecía que desde aproximadamente las actuales oficinas de Protección Civil (antiguo aeropuerto) se conectaría la red de tuberías que abastecería a Real del Bosque de agua potable y se establecería otra red de descarga de agua de drenaje.
“Homex no cumplió, demandamos al municipio porque ésta no cumplió y aún así la autoridad municipal le autorizó la licencia de comercialización y venta de las casas a sabiendas de que no había agua, ni drenaje, con lo cual el dolo lo tenemos claramente clasificado”, expresó José Adriano Anaya, investigador de la Universidad Autónoma de Chiapas (Unach).
Lo anterior sería una violación a los derechos humanos, sobre las medidas preventivas, de investigación, sanción y reparación hacia los habitantes de dicha colonia, donde se estiman más de cinco mil casas habitadas.
Y es que, hasta el momento las autoridades municipales (actuales) no han sancionado los responsables de esta violación a los derechos humanos, lo que ha originado tensión social entre los colonos debido a la creación de un Patronato del Agua de Real del Bosque.
Para algunos esta figura administrativa es inconsistente ya que cobra el suministro de agua sin ser una dependencia oficial, lo que se entiende como lucro mediante un bien de la nación.
Para otros esta figura funciona de buena fe, ya que de lo contrario se adquiriría el agua mediante pipas.
Por ello se inició un amparo por un grupo de personas señalando violaciones en sus derechos por no tener el servicio para el accesos al agua.
“Ante el juzgado lo que el Ayuntamiento pretendió hacer fue acreditar el cumplimiento mediante: ‘te estoy dando aguas a través de pipas’, sin embargo la sentencia de amparo les da un plazo de seis meses para construir una obra”, detalló.
En ese sentido lo que considera el juzgado es que con el hecho de enviar agua con pipas no se acredita el cumpliendo de la sentencia, lo que se requiere al municipio es que acrediten que ya iniciaron las gestiones para la construcción de una obra.












