Negación para acatar medida de convivencia

José Luis Díaz Díaz y Rosvi Candelaria Jiménez Sarmiento
José Luis Díaz Díaz y Rosvi Candelaria Jiménez Sarmiento

Desde hace 3 años atrás el señor Alonso Álvarez Rodríguez ha vivido un divorcio el cual se ha visto complicado por las acciones tomadas por su aún esposa Brenda Citlalli Díaz Jiménez, al negarle ver a su hija desde hace 8 meses.

Álvarez Rodríguez comentó, la señora Díaz Jiménez, es apoyada por sus padres, José Luis Díaz Díaz y Rosvi Candelaria Jiménez Sarmiento, pastores de una iglesia Cristiana; los cuales han amedrentado a la pequeña para que no se acerque a su padre.

Comentó, que la niña ha tenido cambios en su comportamiento, pues se ha vuelto tímida y retraída cuando está cerca de su padre. En el pasado la pequeña fue tachada por su madre y abuelos de como rebelde y “mañosa” por mostrar interés en estar con su padre.

La señora Díaz Jiménez hace tres años atrás coloco una demanda por divorció, pero se ha alargado el juicio porque la señora no acata lo dictado por el juez, con respecto a la medida de convivencia.

Álvarez Rodríguez menciono, “hasta la fecha van tres medidas de convivencia, la primera fue un auto, segunda convenio judicial y la tercera dictada por la juez Cuarto de lo Familiar; la cual no está siendo acatado por mi aún esposa”.

De febrero hasta el 24 de abril del 2015 mantuvo una convivencia armoniosa con su niña, pero desde ese día el señor no se ha reunido con su pequeña. 

Por otra parte el denunciante comentó, que su mayor preocupación es su hija y las secuelas que esto pueda traer para ella, por las complicaciones que se están dando dentro del núcleo familiar.

Actualmente Álvarez Rodríguez, se encuentra hacia una serie de trámites en el juzgado Cuarto de lo Familiar, Exp. 1228/2015, para poder tener contacto con la niña. 

El denunciante pide al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, al Magistrado Rutilio Escandón, tomar cartas en el asunto en estos casos, toda vez que es una problemática social. 

Aseguró, que existen muchos casos en el que la medida de convivencia no está siendo llevada a cabo, pues la niña se ha vuelto un objeto a retener por parte de la señora Díaz Jiménez, lo cual constituye violencia Psicoemocional en conformidad con el Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables del Estado.