No dejes tu declaración al último

Piden a los contribuyentes tener sus ingresos claros para poder hacer la declaración. Diego Pérez / CP
Piden a los contribuyentes tener sus ingresos claros para poder hacer la declaración. Diego Pérez / CP

El contador público, René Cruz Montalvo, comentó que los inscritos en el Registro Federal del Contribuyente (RFC) deben revisar si tienen o no la obligación de presentar declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); de ser así, la recomendación es no dejarlo a último momento porque la plataforma del fisco generalmente se satura.

Aquellos con ingresos por sueldos y salarios o servicios personales subordinados, son quienes deben orientarse sobre estas obligaciones. El periodo para presentar la declaración para personas físicas está vigente hasta el 30 de abril.

Si tiene un ingreso mayor a los 400 mil pesos anuales por sueldos y salarios es el primer supuesto para presentarla; si tuvieron más de un patrón durante el ejercicio fiscal 2025 que hayan emitidos comprobantes fiscales de nómina, también es otro supuesto.

En el caso de las personas físicas que emiten comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) por honorarios, con actividades empresariales y profesionales, todas tienen la obligación de presentar su declaración anual.

Hay que revisar que todos los ingresos facturados fueron cobrados y en especial las deducciones personales facturadas, que son para todas las personas físicas y todos tipos de ingresos, como sueldos y salarios, uso o goce temporal de bienes, arrendamiento, actividades empresariales.

Correcciones

De acuerdo con la legislación fiscal, los contribuyentes tienen hasta el último día del vencimiento de la declaración anual para tener todos sus ingresos y deducciones completas, es decir, es posible revisar la información para hacer correcciones.

Lo que puede ser complicado es que una factura que no haya sido emitida de forma correcta en el ejercicio fiscal 2025, dependiendo cómo sea emitida en 2026, pueda ser incluida y considerada por el SAT por la fecha del timbrado.