No es suficiente una ley contra violencia política

No es suficiente una ley contra violencia política

El 13 de abril del presente año se promulgó la reforma en materia de violencia política en razón de género en el país, con la modificación a ocho leyes que unifican el concepto de violencia, la regulan y la sancionan.

A partir de la tipificación de la violencia política en razón de género se impusieron de 100 a 400 días de multa y prisión de uno a tres años, a quien menoscabe o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos electorales de una o varios mujeres por razones de género.

Además, se estableció un catálogo de conductas que entrarían dentro de la conceptualización de razones de género, como el ocasionar un daño en la igualdad de ejercicio de los derechos políticos o electorales de la función pública de una mujer, que existan indicios de un trato diferenciado por su condición de mujer, entre otras.

Bajo ese contexto, Claudia Trujillo Rincón, del Colectivo Nacional 50+1, destacó que la agenda de género creada a nivel nacional no tiene colores ni banderas partidistas, lo que ha permitido que hoy existan más mujeres en el poder, en puestos de decisión, con intereses de género representados como nunca antes.

Esto durante el foro virtual “Armonización de las reformas constitucionales en materia de violencia política en Chiapas”, organizado por el Congreso local a través de la Comisión de Igualdad de Género y la Comisión Especial para Prevenir la Violencia Política.

Manifestó que la participación política de las mujeres mexicanas vive transformaciones dinámicas y sociales, buscando los medios para ser escuchadas para expandir sus derechos políticos, transitando a una democracia paritaria libre de violencia.

Sin embargo, dijo que la armonización de violencia política no ha funcionado igual en todo el país, ha quedado como elección de algunos estados, quienes sí logran con un verdadero compromiso la armonización y en otros ha trascendido sin éxito. Debería ser un compromiso del Estado mexicano.

“Al parecer sólo el imperativo de la ley pudiera lograr que se detenga la violencia en contra de las mujeres, debe de haber una tipificación homologada, que se regule y que hayan sanciones a sentenciados, tendremos que seguir trabajando para que sean reconocidos los derechos de las mujeres.

“Sólo emitir la ley no es suficiente, por eso es importante lograr ese andamiaje, que llegue a todos los espacios de la administración pública y que permitan a los tres órdenes de gobierno proteger a las mujeres en su desempeño”, dijo.

Resaltó el esfuerzo del Congreso de Chiapas, en la ruta de esta armonización; este recinto abrió sus puertas a un diálogo abierto de reforma, escuchando a la sociedad civil, comprometiendo se a seguir trabajando de cara a los datos diarios, estadísticas y acciones que reflejan que hay violencia política.

Dijo que el reto es grande, se debe lograr que los avances contra esta problemática lo perciban todas las mujeres de cada comunidad, municipio y estados del país, que sientan que las conquistas legales son una realidad y se pueden ayudar a generar posibilidades reales de desarrollo.

“No hay que bajar la guardia hasta que tengamos un México con paridad libre de simulaciones, una paridad en la que se escuche la voz de todas y en las que todas tengamos cariño”, expresó la también integrante de la Red por la Paridad Efectiva de Chiapas y de la Red Nacional de Defensoras de los Derechos Humanos.

La violencia política en razón de género se define como cualquier acción, conducta u omisión que se realiza de forma directa a través de terceros, basada en su género, causa daño a una o varias mujeres, y que tiene como fin anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos de la mujer.

Se da en instituciones, al interior de partidos políticos, como candidatas, funcionarias, presidentas, diputadas.

Importante agregar que también toma en cuenta según la ley general en materia de delitos electorales, una pena de seis meses a tres años de prisión a quien emita propaganda política o electoral con elementos denigrantes en contra de una precandidata, candidata o una mujer que ocupe un cargo público.

También se estipula que las penas se agravarán si hay de por medio violencia física, sexual o amenazas; asimismo si los responsables son funcionarios partidistas, candidatos o precandidatos, y serán mucho más fuertes si el responsable es un servidor público.