No todos los patrones cumplen con la PTU

La obligación de cumplir con el reparto de utilidades para las empresas (personas morales) inicia el primer día hábil de abril y hasta el último de mayo. Para personas físicas, del primer día hábil de mayo al último de junio. Se trata de un derecho de todos los trabajadores, aunque no todos lo cumplen.

Víctor Manuel Escobar Espinosa, presidente del Colegio de Contadores Públicos Chiapanecos, comentó que básicamente el reparto de utilidades que se entrega 60 días después de presentar la declaraciones fiscales, cada patrón debe repartir el 10 % de las utilidades entre la plantilla.

El contador público certificado dijo que hay empresas de nueva creación o que están iniciando que no tienen la obligación, pero la mayoría que sí; desafortunadamente en la práctica no se lleva a cabo en su totalidad, pero debería, por eso existen los medios para denunciar.

Para garantizar el cumplimiento de la empresa, los trabajadores pueden solicitar que se constituya una comisión mixta de la PTU, donde participa tanto el empresario como el trabajador para dar a conocer la declaración anual de los resultados de la empresa y que se revise si están bien o están mal.

En esta comisión se elabora un acta para dar a conocer los resultados del reparto, y si existe alguna incongruencia, como el hecho de que la empresa se haya declarado en cero utilidades, hay diversos medios para aclararlo si es que no hay conciliación en la misma comisión.

Es posible reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las incongruencias o falta de pago, para que revise la declaración o la situación fiscal. Afortunadamente hay un poco más de cultura de la denuncia y los trabajadores hacen valer sus derechos.

“Si el trabajador o el representante considera que la declaración no está correcta o no corresponde realmente el nivel de ingresos o al nivel de utilidad que tiene la empresa, yo los invito a que hagan la denuncia correspondiente para que la autoridad pueda corregir o verificar”.