Con las reformas al Código Fiscal de la Federación a partir del primero de enero de 2022, los mayores de 18 años deben inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), bajo el régimen sin actividad económica si no perciben ingresos o realizan una actividad económica.
De acuerdo a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), no estarán obligados a presentar declaraciones o pagar contribuciones ni dar lugar a la aplicación de sanciones o multas.
El Registro Federal de Contribuyentes es un padrón creado y administrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Al momento de registrarse al SAT, este proporcionará una clave alfanumérica, la cual es intransferible e irrepetible, ya que se conforma por la primera letra y la primera vocal del apellido paterno, la primera letra del apellido materno y la primera letra del nombre, la fecha de nacimiento y una homoclave.
Si se va emprender un negocio, rentar casas o locales comerciales u ofrecer servicios profesionales, se deberá inscribirse en el régimen fiscal que sea acorde a la actividad económica que se realice, del cual dependerán las obligaciones fiscales a cumplir.
La clave en el RFC es necesaria para realizar diversos trámites, como es el caso de quienes concluyen sus estudios profesionales y requieren obtener su e.firma para tramitar su título o cédula profesional.
Facilita la inclusión al campo laboral ya que es un requisito indispensable para percibir ingresos, también para obtener una beca o abrir una cuenta bancaria.
Régimen de Incorporación Fiscal
Para el 2022 los contribuyentes que al 31 de agosto de 2021 se inscribieron en el RIF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, a partir del 1 de enero de 2022 podrán optar por continuar tributando en dicho régimen durante el plazo de permanencia de ley.
Quienes tomen la opción deberán presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT, a más tardar el 31 de enero de 2022. De presentarlo, la autoridad podrá realizar la actualización correspondiente al Régimen Simplificado de Confianza.
Además, con motivo de la reforma se creó el Régimen Simplificado de Confianza, en el que podrán optar por tributar personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales, otorguen el uso temporal de bienes y cuando además obtengan ingresos por salarios e intereses, siempre que el total de los ingresos, en su conjunto, no excedan los tres millones y medio de pesos.
Para ello deberán presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, a más tardar el 31 de enero de 2022.
Avisos de actualización al RFC
El aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones se presenta al contribuyente cuando inicie o deje de realizar una actividad económica que tenga como consecuencia la modificación de las actividades económicas que realiza, siempre que conserven al menos una activa.
Cuando opte por una periodicidad de cumplimiento diferente respecto de una actividad u obligación ya manifestada en el RFC, o bien cuando opte por no efectuar pagos provisionales o definitivos.
También si elige una opción de tributación diferente a la que tiene, tenga una nueva obligación fiscal periódica de pago por cuenta propia o de terceros, o cuando deje de tener alguna de estas. Si cambia su actividad económica preponderante.











