La docente de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC), Campus Chiapas, Irma Pérez Cancino, informó que con la ratificación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la reforma aprobada por el Congreso de la Unión en 2014, a la primera fracción del Artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, convierte en deducibles los gastos efectuados con médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos a través de transferencia, cheque o tarjetas de crédito o débito.
Señaló que en la práctica, la medida significa que esos profesionales de la salud deben aceptar el pago de sus honorarios mediante operaciones bancarias, excepto si el servicio fue prestado en una zona rural o excluida de sistemas financieros.
“La disposición beneficia a los usuarios y a los galenos; a los primeros porque pueden deducir el depósito y a los segundos porque pueden ampliar su cartera de clientes. Sin embargo, el más favorecido será el Servicio de Administración Tributaria, porque para cumplir con el lineamiento médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos deberán contratar una TPV a cambio de una comisión”, comentó.
Sostuvo que está disposición forzará a estar al corriente con las regulaciones de Hacienda, estatus que implica, entre otras cosas, la expedición de factura electrónica.
“Los pacientes podrán denunciar a los profesionales de la salud que nieguen el comprobante fiscal digital por internet”, dijo.
Calculó que en la entidad hay un millón 566 mil médicos, de los cuales siete mil 364 prestan sus servicios de manera particular, de estos sólo 10 por ciento están formalmente establecidos, condición que implica entre otras cosas cubrir impuestos.
Señaló que eso puede inferirse a partir del cruce entre la información de terminales de puntos de venta (TPV) existentes en el estado, y el número de profesionales de la salud censados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.











