Pago de aguinaldo tiene implicaciones fiscales

Pago de aguinaldo tiene implicaciones fiscales

Una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores es el aguinaldo, a la par de las vacaciones, porque a diferencia del reparto de utilidades es obligatorio, pues aplica para cualquier tipo de trabajador, de base, confianza o eventual, y de cualquier sector, formal e incluso informal.

Néstor Gabriel López, contador público certificado y fiscalista, comentó que el reto en esta prestación es la informalidad laboral, que actualmente tiene una tasa en México del 55 %, que hace difícil poder controlar o monitorear la debida aplicación de esta prestación laboral.

Una implicación del aguinaldo, el cual está fijado como mínimo lo equivalente a 15 días de trabajo, es que tiene un efecto fiscal adverso. Cuando se calcula el impuesto sobre el aguinaldo, se le quita una extensión que va en Unidades de Medida y Actualización (UMA), que va a depender de cuánto gane el trabajador.

Pero hay una tarifa que no se ha actualizado en los últimos ocho años, lo que le pega cada vez más a la capacidad retributiva de la prestación, que es la tarifa del subsidio para el empleo. Mucho se ha criticado porque ya se aprobó la ley para 2024 y esta sigue exactamente igual.

El aguinaldo debe ser pagado antes del 20 de diciembre, y si se quiere ver como una expectativa de ahorro hay pocas esperanzas, porque muchas personas tienen ya comprometido este pago, recordando que la mayor parte de los trabajadores ahorra en efectivo con mecanismos informales.

Explicó que el aguinaldo es un ingreso del trabajador, lleva consigo el pago de un impuesto, el Impuesto Sobre la Renta (ISR), hay una extensión de 30 UMA, que en salarios más altos le va quitando capacidad retributiva.

En el sector privado es de 15 días mínimo, en el público es de 40 días, una notable diferencia. Para el patrón, el pago del aguinaldo genera contribuciones que se conocen como cargas sociales, particularmente en el impuesto sobre nómina.

Los trabajadores de base, de confianza, de planta, contratados por obra, sindicalizados, tiempo determinado o eventuales, agentes de comercio, de seguros, vendedores, regidos por la legislación vigente, tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo.