Pasado siniestro: CNDH emite recomendación

Pasado siniestro: CNDH emite recomendación

Publicado el lunes 31 de marzo del 2003Rafael Victorio / CPLa Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recomendó al gobernador Pablo Salazar Mendiguchía, realizar la indemnización por la expropiación de un predio propiedad de José Luis Melgar Araujo, en esta capital.

Mediante la recomendación 12/2003, el organismo afirma que se han violado los derechos humanos de seguridad jurídica, legalidad y propiedad del afectado, al cual el 5 de septiembre de 1994, por decreto, le fue expropiado el predio San Francisco, hoy Colonia Belisario Domínguez, por el jefe del Ejecutivo estatal, en ese entonces Javier López Moreno, a favor del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, por concepto de utilidad pública, a efecto de regularizar la tenencia de la tierra y perfeccionar sus actividades de ordenación urbana.

Aclara que la indemnización debió ser pagada por el Gobierno estatal que se negó a hacerlo, al señalar que ello correspondía al Ayuntamiento tuxtleco.

Sin embargo, ante la indefinición de los responsables, el afectado presentó una queja en la Comisión de Derechos Humanos, que investigó y corroboró las violaciones, por lo que el 17 de mayo del 2002 emitió la recomendación CEDH/028/2002, dirigida al secretario de Gobierno, en ese entonces Emilio Zebadúa González, para que procediera al pago por la expropiación.

El 10 de junio de ese año, el funcionario rechazó la recomendación con el argumento de que la ley de expropiación refiere que el pago se hará con cargo al erario del estado, y por no ser específico y ser el Ayuntamiento el beneficiario del acto expropiatorio, corresponde al municipio de Tuxtla Gutiérrez pagar al propietario del inmueble.

Ante esta situación, el afectado presentó recursos de impugnación ante la CNDH, que confirmó que la Dirección de Tenencia de la Tierra del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez; la Dirección de Asuntos Jurídicos y las secretarías de Hacienda y del Gobierno del estado estaban indefinidos en su responsabilidad de pagar.

En su comunicado, el organismo estableció que de acuerdo con el estudio de la legislación respectiva, “no es el municipio el obligado a efectuar el pago”.