Para la Oficina Nacional para el Control del Tabaco, la ley referente a la protección de los ciudadanos contra la exposición al humo del tabaco, que el Congreso local aprobó en 2015, aún puede ser perfeccionable, ya que para hacerla más efectiva deben suprimirse o modificarse algunos artículos; los anterior debido a que acuerdo a su redacción pareciera que se da la posibilidad de fumar en espacios interiores de los lugares públicos, lo que se contrapone con el objetivo principal que se busca con la regulación.
Dicho órgano indicó que esta ley, que a todas luces representa un avance en materia de regulación de consumo de tabaco en la entidad, en su artículo 14 fracción II inciso f destaca la posibilidad de contar con áreas para fumar en espacios interiores de los lugares públicos, lo que desvirtúa el espíritu de la ley; por lo tanto, no protege la salud de la población como debería ser de acuerdo al marco constitucional de nuestro país, en donde se contempla el derecho a la protección de la salud.
“La iniciativa en cuestión establece: artículo 14, por cuestiones de orden público e interés social, ninguna persona podrá fumar o mantener encendido productos de tabaco en lugares que estén dentro de 30 metros de cualquier puerta, ventana, mecanismo de admisión de aire de cualquier lugar público o lugar de trabajo; exceptuando a aquellos establecimientos que proporcionen espacios para el consumo de tabaco, tales como interiores aislados que dispongan de mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia los espacios 100% libres de humo de tabaco y que no sea paso obligado para los no fumadores, o cuenten con áreas al aire libre”.
José Luis Llanes Lagunes, integrante de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco, dijo que actualmente en México hay 11 entidades federativas con legislaciones cien por ciento libres de humo de tabaco; de las cuales tres de ellas hacen vecindad con el estado de Chiapas: Tabasco (2008), Veracruz (2012) y Oaxaca (2015).
Mencionó que incluso Guatemala, país que colinda directamente con el estado de Chiapas, es 100 por ciento libre de humo de tabaco desde el año 2008, a través de la ley que tuvo a bien expedir denominada Ley de Creación de Ambientes Libres de Humo de Tabaco.
Por lo que consideró, se debe cuidar mucho lo que se propone en la Ley de Protección Contra Exposición a Humo de Tabaco, pues como si se deja tal y como se presentó al Congreso del Estado, se violentará -entre otras cosas-, el derecho humano y constitucional a la protección de la salud, pues se permitirá fumar dentro de espacios cerrados pero destinados al consumo de cigarros, cuando la tendencia es que no se permita por ningún motivo esta práctica que daña la salud de la población.











