Personas físicas deben declarar en abril: SAT

Hoy lunes 31 de marzo termina el periodo de presentación de la Declaración Anual de empresas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); quienes por alguna razón no pudieron hacerlo antes, pueden aprovechar el último día con un horario de atención de 8:30 a 18:00 horas; no cumplir esta obligación conlleva fuertes sanciones económicas.

Para apoyar a los contribuyentes, para los últimos días del periodo oficial, el SAT amplió el horario de atención presencial, de 8:30 a 18:00 horas, en las 161 oficinas que tiene en el país. Además, puso a disposición un minisitio de apoyo para la presentación de sus declaraciones que puede utilizarse las 24 horas, incluido sábado 29 y domingo 30.

Para presentar la Declaración Anual, las empresas deben contar con: RFC y e.firma activa; información sobre montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros; un servicio de banca electrónica habilitado para hacer transferencias.

Personas físicas

Del 1 al 30 de abril toca el turno a las personas físicas de cumplir con esta obligación fiscal; son aquellas que obtuvieron ingresos por diversos conceptos en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por ejemplo, por actividad empresarial y servicios profesionales u honorarios, adquisición de bienes, arrendamiento, dividendos, enajenación de bienes, de acciones en bolsa de valores, intereses, premios, sueldos, salarios y asimilados.

Es importante tomar en cuenta que todos los contribuyentes que tengan saldo a favor tienen el derecho a solicitar las devoluciones que les correspondan, esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de los impuestos resulta que el contribuyente pagó más de lo que debía, por lo que puede solicitarlo ante el SAT para que le sea devuelta la cantidad extra.

Especialistas en la materia recomiendan mantenerse atentos a su situación fiscal para anticipar cualquier contingencia con la autoridad.