Piden a Pablo no violar derecho a informadores

Jesús Belmont Vázquez * CP. El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), José Luis Soberanes, recordó al gobernador de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía que diversas reformas en materia penal resguardan el secreto profesional y garantizan la reserva de información de los periodistas.

Mediante un escrito al cual tuvo acceso Cuarto Poder, el ombudsman le senala al gobernador chiapaneco que recientes reformas penales ordenan que en caso de ser citados por alguna autoridad, tanto periodistas como abogados, consultores médicos o ministros de culto, no podrán ser obligados a declarar sobre la información que posean, con motivo del ejercicio de su profesión, fijándose las sanciones que se podrán imponer a las autoridades que violen esta disposición.

Soberanes Fernández, exhortó al gobernador Pablo Salazar a promover en la entidad modificaciones legislativas para que, acorde con los cambios que se están produciendo en materia de libertad de expresión, este derecho fundamental se vea plenamente garantizado.

Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos estas reformas legales constituyen un importante avance para hacer efectivo el derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando lo ejerce la prensa, toda vez que permitiendo la libre circulación de las ideas, se fortalece la democracia.

Entre los objetivos del ombudsman está impulsar la observancia de los derechos humanos y proponer a las diversas autoridades del país, que en el ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas que a su juicio redunden en una mejor protección de los derechos humanos, de conformidad con lo previsto en los artículos sexto, fracciones VII y VIII, así como 15, fracción VIII, de la Ley de la CNDH.

En el escrito dirigido al gobernador chiapaneco, Soberanes dice: Como es de su conocimiento, recientemente el Congreso de la Unión aprobó las reformas al Código Penal de Procedimientos Penales y al Código Penal Federal, mediante las cuales se resguarda el secreto profesional y se garantiza la reserva de información de los periodistas, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado seis de junio.

Y agrega: La CNDH, reconociendo la importancia que representa el secreto profesional en la tarea de investigación que realizan los periodistas y comunicadores como un presupuesto básico del derecho a la información, presentó en 2003 al Senado de la República el proyecto de iniciativa de la mencionada reforma legal, misma que al hacerla suya la enriqueció.

De esta forma, mediante la adición del artículo 243 bis al Código Federal de Procedimientos Penales, y las reformas a los artículos 215 y 225 del Código Penal Federal, se ordena que en caso de ser citados por alguna autoridad, tanto periodistas como abogados, consultores médicos o ministros de culto, no podrán ser obligados a declarar sobre la información que posean, con motivo del ejercicio de su profesión, fijándose las sanciones que se podrán imponer a las autoridades que violen esta disposición.

Con estas modificaciones se fortalece el derecho a la libertad de expresión al limitar los actos discrecionales de molestia y arbitrariedades que sufren los profesionales de la información por parte de diversas autoridades, para que declaren sobre sus fuentes o los documentos que les hayan servido para elaborar la información que presentan a la sociedad.

Asimismo, dentro de esta tendencia por hacer efectivo el derecho a expresarse libremente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se ha pronunciado por la despenalización de los delitos de difamación y calumnia y, en ese sentido por iniciativa del Grupo de Trabajo de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación de la Cámara de Diputados, se discutió y aprobó por dicha Cámara un proyecto de reforma para despenalizar los denominados delitos de prensa, proponiendo se deroguen diversos artículos del Código Penal Federal e incluirlos en el Código Civil Federal, evitando que los periodistas sean acusados penalmente, propuesta que actualmente se encuentran para su discusión en la Cámara de Senadores.

En la misma dirección, recientemente la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la Ley del Secreto Profesional del Periodista, así como la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Imagen y paralelamente se derogaron los artículos 214 al 219 contenidos en el capítulo de Delitos contra el Honor del Código Penal.