Maestros de la Coordinadora Estatal de Jubilados y Pensionados adheridos a la Sección 7 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, se manifestaron frente al Congreso local para solicitar que el pago de sus pensiones se calcule nuevamente en salarios mínimos y no con la Unidad de Medida y Actualización (UMA), ya que sus pensiones han disminuido.
Víctor Ancheyta, representante de la Coordinadora, dijo que la UMA fue aprobada en el sexenio anterior, para el pago de multas, créditos hipotecarios, impuestos y pago de trámites ante el gobierno.
Sin embargo, el gobierno “obedeciendo a una estrategia de abandono de los sectores, decidió aplicarla en el pago de las pensiones en febrero de 2017, lo que fue incorrecto porque es contra la ley”.
La ley establece que el pago de las pensiones debe hacerse en cálculo en salarios mínimos, por lo cual esta medida afectó a los jubilados y pensionados al reducirse los montos que reciben.
Indicó que hoy un pensionado que tiene 10 salarios mínimos máximo como pensión, recibe aproximadamente cinco mil 500 pesos mensuales menos. Cada uno recibe una pensión de acuerdo a la categoría que tuvo cuando estaba activo.
En la Coordinadora están adheridos más de tres mil pensionados, sin embargo, el universo de trabajadores pensionados y jubilados debe superar los 18 mil en todo el estado, a quienes les violentan su derecho de tener una pensión de acuerdo a la ley y por cual se han manifestado en reiteradas ocasiones, incluyendo el atraso en los pagos.
Confían que el actual gobierno federal encabezado por Andrés Manuel López Obrador, y estatal encabezado por Rutilio Escandón Cadenas, abrirá las puertas para atender las demandas de este y otros sectores.
Víctor Ancheyta dijo que estas acciones fueron parte de una jornada conjunta y simultánea en las capitales de varios estados así como en la Ciudad de México, donde se concentraron comisiones de jubilados.
La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4 y 5 de la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y 23 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, corresponde a este último calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y publicar el mismo en el Diario Oficial de la Federación.












