Piden tomar medidas para realizar sexting

La Policía Cibernética de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC) pidió a la población que al realizar sexting considere diferentes medidas con el objetivo de reducir el riesgo de que se comenta algún tipo de delito y se vulnere la privacidad de las personas.

La policía recordó que el sexting es una libertad sexual y a la vez una conducta de riesgo, debido a que una vez que en internet se sube contenido es difícil poderlo bajar. No obstante, enlistaron una serie de medidas con el objetivo de que ese contenido no sea difundido sin el consentimiento, ya que es considerado un delito.

La institución de seguridad informó que WhatsApp ha comenzado a probar en su versión beta la nueva función que permite enviar fotografías y videos que se eliminan después de verse una vez, algo similar a lo que ocurre con otras plataformas como SnapChat o Instagram.

“Si el usuario marca una imagen para que se borre automáticamente, sólo se permitirá visualizarla al destinatario una sola vez. Una vez abandonada la vista previa de la foto, esta dejará de estar disponible”, explicó la policía.

No obstante, pese a esta nueva función, aún existe el riesgo de que se le tome captura de pantalla a dicho contenido, o bien, foto con otro dispositivo.

Por tanto, la policía hizo un llamado a las personas que realizan el sexting para que consideren que la foto, video o contenido puede hacerse público, ya que el destinatario podría compartirla con otras personas (de forma accidental o voluntariamente) o por alguna razón se puede extraviar el teléfono o ser robado, comprometiendo la seguridad de los archivos.

El Congreso del Estado en 2019 aprobó un proyecto de reforma por delitos asociados a la intimidad. La sanción que puede llegar hasta seis años de cárcel será para aquella persona que publique, comparta, solicite y/o distribuya contenido íntimo, conocido como “packs” y “nudes” sin consentimiento y autorización.

Además, el 24 de enero de 2018, el Congreso del Estado adiciona el artículo 238 BIS al Código Penal del Estado de Chiapas para tipificar el acoso sexual en los espacios públicos, convirtiéndose así en una de las pocas entidades que penalizan dicha conducta.

La tipificación del acoso sexual tiene sus antecedentes desde el año 2014 cuando diversas organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, activistas, colectivas feministas, entre otras, decidieron alzar la voz contra la violencia naturalizada en los espacios públicos.

El artículo reformado se detalla de la siguiente forma, de acuerdo al Diario Oficial publicado el 24 de enero del 2018: Artículo 238 Bis. Comete el delito de acoso sexual quien, con fines de lujuria, asedie a persona de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.