La Campaña Nacional Contra la Desaparición Forzada afirmó que la aprobación de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas “es un paso positivo, pero insuficiente para lograr la presentación con vida de las víctimas de desaparición forzada y el castigo a los culpables”.
Dijo que “la aprobación de la ley General con sus aspectos positivos y sus grandes limitaciones no es producto de la discusión de dos años, sino de la lucha histórica de miles de familiares y organizaciones que desde la década de los sesentas han luchado por un marco jurídico adecuado que pueda garantizar la presentación con vida de las víctimas de desaparición forzada y la sanción de los responsables materiales e intelectuales”.
En un comunicado agregó que “si bien reconocemos avances y aspectos positivos en lo particular, de manera general, no avalamos” la citada ley porque, “bajo el pretexto de que para activar la búsqueda inmediata y no caer en actos de incongruencia legal, el Estado mexicano deja en el dictamen el término ‘persona no localizada’”.
Este término, abundó, “se utiliza también para nombrar el ‘nuevo registro’ de Personas Desaparecidas, que llevará el nombre de Registro Nacional de Persona Desaparecidas y No Localizadas, con lo cual se demuestra que el Estado mexicano, bajo el argumento de ‘buscar’ a todas las personas desaparecidas, oculta intencionalmente la práctica de la Desaparición Forzada que de manera sistemática y generalizada realizan sus propios funcionarios”.
Sostuvo que “para poder garantizar impunidad a los responsables intelectuales de cometer desapariciones forzadas, el Estado mexicano se negó a establecer la responsabilidad de los superiores jerárquicos como lo mandata la Convención Internacional contra la Desaparición Forzada en su Artículo 6, aun sabiendo que esto le traerá como consecuencia graves llamamientos y recomendaciones de las instancias internacionales”, concluyó.











