Ponen a disposición compras anticipadas por contrato

Ponen a disposición compras anticipadas por contrato

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) modificó las reglas de operación del Programa de Apoyos a la Comercialización y actualizó el Ingreso Objetivo en materia de granos y oleaginosas para generar certidumbre comercial en las actividades del sector agroalimentario.

La actualización del monto del Ingreso Objetivo de los productos agrícolas, se realizó en respuesta al incremento que se ha registrado en el costo de los insumos por hectárea en los últimos cuatro años.

En la lista de Productos Elegibles, se encuentran el maíz, trigo panificable, trigo cristalino, sorgo, soya, cártamo, canola, algodón pluma, arroz y girasol.

En el caso del maíz, el monto del Ingreso Objetivo pasó de tres mil 300 pesos por tonelada a tres mil 960 (20%); trigo panificable de cuatro mil a cinco mil 010 pesos; trigo cristalino de tres mil 750 pesos a cuatro mil 556; sorgo de dos mil 970 a tres mil 564 (20%); en el caso de la soya, cártamo y canola el monto pasó de seis mil 600 pesos a ocho mil 400 pesos por tonelada (27%). 

El Incentivo al Ingreso Objetivo aplicará únicamente para los productores que cumplan con un contrato de Compra-Venta registrado en AXC.

Por lo anterior, y ante el inicio de las siembras de maíz, sorgo y soya del ciclo agrícola primavera verano 2018 en el estado de Chiapas, ASERCA-SAGARPA, ponen a disposición de productores, consumidores y comercializadores, la compra de Coberturas Anticipadas en el Esquema de Agricultura por Contrato, para el ciclo agrícola primavera-verano 2018 y con el propósito de potencializar el financiamiento para la administración de riesgos de mercado en Agricultura por contrato y coberturas de precios.

Los interesados podrán acudir a las oficinas de ASERCA, FIRA y Financiera Nacional para el Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesquero, como instancias ejecutoras del esquema.

El participante deberá cubrir el 100% del costo de la prima de la cobertura y acreditar el pago de dicho importe en la Instancia Ejecutora de su elección y elegir la opción que más convenga a sus intereses: cubrirse a la baja de los precios, para los productores que no cuenten con un contrato de compraventa; cubrirse a la alza de los precios, siempre que se registre un contrato de compraventa con un precio concertado que contenga como mínimo el precio a futuros de la fecha de la cotización de la cobertura.

Ambos casos, serán reconocidos en el Aviso que publique ASERCA posteriormente para la compra de coberturas en Agricultura por Contrato y serán susceptibles de recibir hasta el 75% de reembolso del costo de la cobertura.