Debido a que un candidato a la alcaldía de Tuxtla Gutiérrez -de quien se reserva el nombre por presunción de inocencia- bajo el respaldo de tres partidos políticos realizó la entrega de dádivas y de regalos fue sancionado por cometer actos anticipados de campaña.
Al revisar el tema, María Magdalena Vila Domínguez, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo electoral local, comentó que este ciudadano se debe de abstener de entregar regalías en la capital de Chiapas, para que se eviten otras sanciones que pueden estar relacionadas con cargos económicos, amonestación pública y hasta la cancelación del registro, aunque esta última medida sería en un caso muy grave.
Añadió que dicho personaje, que forma parte de la coalición “Va por Chiapas”, tiene el derecho de ser escuchado, de aportar sus pruebas y los integrantes de la Comisión analizarán si cumple la medida cautelar; después se valorará todo el procedimiento, para que el órgano local resuelva de fondo el asunto.
“Con las actas de verificación de propaganda presuntamente anticipada de campaña que realizó personal de la Unidad Técnica de Oficialía Electoral del IEPC, mediante diversas actas circunstanciadas, se evidencian las conductas de forma sistemática y queda acreditada la propaganda realizada en Facebook, en lo que se advierte la actividad reiterada y permanente del ciudadano, constituyendo medios de pruebas que resultan ser suficientes para que, de manera probable, el citado ciudadano pudiera estar realizando actos anticipados de campaña”, refirió la consejera electoral.
La Comisión de Quejas y Denuncias aprobó que se informe a la Fiscalía Electoral de la Fiscalía General del Estado (FGE) y a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, debido a que dichas acciones también pudieran impactar en los topes de gastos de campaña de dicho personaje.
Vila Domínguez puntualizó que ya se emplazó al candidato y también a la coalición “Va por Chiapas” del proceso sancionador aplicado por el concepto denominado “culpa in vigilando”.
Este último, dijo en una consulta externa, consiste en que el partido o coalición que postula a alguna persona está obligado de cuidar el desempeño de los candidatos y candidatas para que no realicen actividades fuera de la ley, pues los mismos partidos pueden ser sujetos de sanciones.
Hasta el cierre de esta nota, el sancionado no había dado alguna postura sobre la sanción emitida por el IEPC o si buscará impugnar la resolución emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias.












