Preocupa crédito con cobranza delegada

Debe protegerse el salario del trabajador. Diego Pérez / CP
Debe protegerse el salario del trabajador. Diego Pérez / CP

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) emitió un posicionamiento con relación al dictamen aprobado por la Cámara de Diputados, sobre el crédito de nómina con cobranza delegada, aunque reconoce que es respetuosa del Poder Legislativo.

Luego de que se diera a conocer la aprobación de la iniciativa sobre el crédito de nómina con cobranza delegada, la Condusef fijó que deben tutelarse los derechos de protección al salario del trabajador.

Además, en su posicionamiento, la institución advirtió que el dictamen contiene vacíos e inconsistencias que deben solventarse para proteger al trabajador-usuario de los créditos de nómina, de igual modo que destacó que la ley debe proteger al usuario del sobreendeudamiento sobre sus ingresos netos.

La institución dio a conocer que desde la presentación del dictamen en el Senado, planteó consideraciones dirigidas a proteger los intereses de los trabajadores-usuarios de los créditos de nómina con cobranza delegada, que actualmente operan al margen de cualquier disposición.

Así pues, en un comunicado emitido recientemente, la Condusef señala: “(El dictamen aprobado) es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1.° constitucional, mismo que señala que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse (regresividad) de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos, siendo que este contiene disposiciones que van en contra de lo previsto por los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo y 38 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (tope de endeudamiento del 30 %), así como los criterios del Poder Judicial que tutelan los derechos de protección al salario del trabajador”.

Crear la libranza con carácter de irrevocable es una medida que limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito, si este no resulta conveniente, o bien, encuentran otro esquema de refinanciamiento más benéfico, independientemente de que la diferencia en tasas sea mucha o poca.

La capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder el 35 % de su percepción o ingresos netos, de ninguna forma sobre sus ingresos ordinarios o brutos. La percepción neta es en realidad el margen estricto de maniobra y de gasto que tienen los ciudadanos para subsistir.

El sobreendeudamiento al que ha estado expuesto una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia, así como un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público.