De acuerdo a la maestra Lorena Vázquez Correa, autora del cuadernillo de divulgación número 1: Mecanismos de inclusión y participación político electoral, publicados por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), a pesar de que la paridad de género ya está reconocida en la legislación federal, todavía hay casos de omisión en su aplicación e incluso impunidad.
La maestra participó en la presentación virtual de este cuadernillo, organizado por el IEPC, platicando sobre la investigación con la que colaboró, titulada La distribución igualitaria del poder en Chiapas, de las cuotas de género a la paridad en todo.
Indicó que realizó un trabajo de análisis sobre el impacto de la reforma constitucional de paridad de género de 2019, en la reconfiguración del poder entre hombres y mujeres en Chiapas, que tuvo como objetivo incluir a las mujeres en la toma de decisiones en los asuntos públicos.
“El decreto establece que la mitad de los cargos de decisión en los tres niveles de gobierno y los tres poderes de la Unión, en los organismos autónomos, en los pueblos y comunidades indígenas, deberá asignarse a mujeres”, comentó.
Aplicación de normativa
Dijo que todavía se avisaron escenarios de resistencia a la aplicación de la normativa, de ahí a la importancia de convocar a foros públicos para visibilizar los desafíos que persisten en la implementación de la reforma constitucional; uno de ellos es la armonización de la legislación local con la federal.
Otro desafío planteado consiste en vigilar la aplicación de la normativa; la paridad en todo está vigente desde el 7 de junio de 2019, sin embargo, hay casos de omisión en la aplicación del principio constitucional y también de impunidad.
Enfatizó que no hay que perder de vista las acciones afirmativas ganadas en lo local. Se debe poner atención a que la adecuación de la reforma no constituya un retroceso en los mecanismos adoptados, para implementar e incrementar la presencia de mujeres en espacios de poder.
Investigación
Por otra parte, la maestra Alma Rocío Santiz López, que colaboró en el cuadernillo con la investigación titulada Elección municipal por sistema normativo indígena en Chiapas, caso Oxchuc, manifestó que abordó este tema desde una perspectiva de los derechos humanos colectivos.
Indicó que el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas como titular de derechos colectivos se dio en el ámbito internacional, bajo el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Es así que documentó el contexto en el que se desarrolla el conflicto en Oxchuc, que pasó de ser postelectoral a movimiento social, así como el proceso político y jurídico que siguieron los promoventes para poder materializar su derecho de autogobierno, reconocido de manera expresa.
Visibiliza los obstáculos para el ejercicio efectivo de esta derecho, y además, da cuenta de las autoridades del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), previo a la sentencia del Tribunal Electoral local y posterior a ella.
Dice que Oxchuc visibiliza la brecha que existe entre lo expresado en la norma y la realidad, porque a pesar de que existe un marco normativo que reconoce los derechos de autogobierno y libre determinación, para la elección de las autoridades municipales y una línea jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no fue suficiente para poder garantizar el ejercicio de este derecho, por lo que se tuvo que judicializar.
La consejera electoral María Magdalena Vila Domínguez celebró que estos temas sean motivo de análisis por dos mujeres expertas que se han dedicado a investigar, lo que colabora con la agenda del IEPC, visibilizándolos desde otra perspectiva.












