Luego de que se negará el amparo a Plaza Santa Elena en Tuxtla Gutiérrez ante la pretensión de seguir cobrando estacionamiento, el Congreso del Estado indicó que podría suceder lo mismo a otros establecimientos que también recurrieron a este recurso, pese a reforma a la Ley de Propiedad en Condominio aprobada por el legislativo.
Y es que, de no contar con la licencia expedida por la Secretaría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del municipio de Tuxtla Gutiérrez, que lo faculte para el cobro del usuario por estacionamiento, destinado a la prestación al público en general de servicio de recepción, guarda, protección y devolución de vehículos, a cambio del pago de una tarifa, carece de interés jurídico para solicitar el amparo.
Cabe señalar que anteriormente, el diputado local, Carlos Penagos Vargas, dio a conocer que dueños de las plazas comerciales de Chiapas presentaron amparos contra la reforma a la Ley de Propiedad en Condominio que aprobó la LXVI Legislatura para eliminar el cobro por el servicio de estacionamiento en estos negocios.
Penagos explicó que las empresas obtuvieron el amparo porque legalmente no están constituidas como lo indica la ley en mención, ya que comentó, lamentablemente no están bajo ese régimen, sino como sociedades mercantiles, por eso buscaron formas de seguir obteniendo utilidades.
Resaltó que la única plaza comercial que sí cumplió con lo dispuesto por el Poder Legislativo es Galerías Bulevar, en Tuxtla Gutiérrez.
Fue el 31 de diciembre de 2015, cuando el Congreso del Estado adicionó un segundo párrafo al Artículo 17 de la Ley de Propiedad en Condominio.











