PTU es un derecho de los trabajadores

El reparto de utilidades o participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU), según lo establece la Ley Federal del Trabajo, se debe realizar 60 días posteriores a la fecha en que los empleadores presentan su declaración anual de impuestos: se manejan dos plazos: para personas físicas y morales.

La contadora pública, Irma Pérez Cancino, explicó que para personas morales que presentan su declaración a más tardar el 31 de marzo, a partir de ahí se cuentan 60 días naturales, por lo que tienen hasta el 31 de mayo o primeros días de junio para cumplir con esta obligación.

Si el empleador es una persona física, tuvo hasta el 30 de abril para presentar su declaración de impuestos, por lo que desde esa fecha se cuentan los 60 días naturales, y deberá pagar el reparto de utilidades a más tardar el 30 de junio o los primeros días de julio.

Enfatizó que es un derecho que todos los trabajadores tienen debido a que como el concepto lo dice, ellos participan en la obtención de las utilidades de la empresa donde laboran, según lo establece la Ley Federal del Trabajo.

Mencionó que el reparto de utilidades se calculaba por medio de dos variables: en relación al total de días trabajados de cada empleado y al sueldo que perciben. Por ejemplo, si se van a repartir 50 mil pesos, se divide 25 mil para cada variable, posteriormente se calcula el pago para cada uno.

Sin embargo, a partir de este año entró en vigor una reforma a la ley sobre este concepto, que dice que el cálculo de la PTU debe ser como máximo el sueldo percibido en los últimos tres meses o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, el que resulte de mayor beneficio al trabajador. El patrón deberá calcular ambos conceptos.

Los trabajadores pueden solicitar en el área de contabilidad de su empresa la información sobre las utilidades reportada en la declaración, obviamente no puede otorgar los estados financieros porque es información privada. También puede ocurrir que el empleador declaró 0 % de utilidades.

“Pueden acercarse al área correspondiente donde labora para pedir que les expliquen el cálculo que realizaron para el pago de utilidades, si es que habrá, para saber el aproximado de cuánto les corresponderá”, refirió.

Si una empresa se niega a brindar esta información y tampoco realiza el pago de utilidades, los trabajadores pueden acudir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social e inconformarse para empezar un procedimiento para que la dependencia intervenga y realice una revisión.

La contadora reiteró que todos los trabajadores que estén bajo el régimen de sueldos y salarios, tengan en cuenta que es un derecho recibir el pago de utilidades, porque hoy día todavía muchos lo desconocen; también pueden reportar si se niegan a pagarlo.