Publican constructores listado de ajuste salarial

Publican constructores listado de ajuste salarial

La Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) publicó el salario mínimo que será vigente a partir de este 01 de enero así como algunas recomendaciones para solicitar el ajuste de costos en las obras que tenga en proceso de ejecución.

El Presidente de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), Delegación Chiapas, Francisco Gutiérrez Grajales, recordó que el 26 de diciembre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución mediante el cual el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) estableció el salario mínimo general que será vigente a partir del 01 de enero de 2019 en la República Mexicana.

Señaló que también se determinó que para fines de aplicación de los salarios mínimos habrá dos áreas geográficas: la primera zona Libre de la Frontera Norte, el cual será de 176.72 pesos diarios, y para el resto del país, de 102.68 pesos diarios.

Lo anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo.

“En virtud de lo anterior, se invita a las empresas constructoras a solicitar y elaborar el estudio de ajuste de costos y considerar el incremento del costo de la mano de obra”, comentó.

Cabe mencionar, que para el caso de la mano de obra, dentro del Índice Nacional de Precios al Productor el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) cuenta con un índice especifico, sin embargo es una práctica común el utilizar los salarios mínimos acordados por la Conasami, y a partir de ellos calcular los porcentajes de variación.

“Al sector se le recuerda que si se encuentran ejecutando obra pública federal, tienen derecho a solicitar el ajuste de costos, dentro de los 60 días siguientes en que estos salarios tomen vigencia. Si estás ejecutando obra estatal, se debe verificar los días que son establecidos para presentar tu estudio de ajuste de costos, consultando la Ley o Reglamento de tu Estado.”, concluyó.