Cualquier persona física o moral que realice operaciones con proveedores o clientes puede recibir una visita presencial del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para auditar sus comprobantes fiscales digitales por internet y verificar la veracidad de los datos, lo que se conoce como auditorías exprés, explicó el consultor fiscal y patrimonial, Néstor Gabriel López.
Explicó que la reforma que entró en vigor este año trajo un cambio en el modelo de cómo se realizan algunas operaciones para efectos fiscales, eleva el estándar de cumplimiento de todas las empresas, de cualquier tamaño, en el país, en una lucha contra las factureras que inició hace varios años.
Veracidad
Cualquier elemento del contexto en que se emitió un comprobante fiscal es ideal para verificar su veracidad. Cada contribuyente tiene que establecer medidas de cumplimiento más abundantes o elevadas, para constatar que las operaciones sí existieron, sobre todo en algunos casos donde no hay un contrato firmado, como en prestación de servicios.
Detalló que los supuestos para una sospecha de la autoridad de operaciones simuladas, pueden ser tan amplios según las distintas actividades de los contribuyentes, esto incluye las deducciones personales.
Irregularidades
Pasa, por ejemplo, cuando la persona que emitió el comprobante no pagó impuestos, colocó mal un dato o no cumplió una obligación. Ahí es cuando entra el Sat, si detecta un caso de estos lo califica como operación inexistente y quien tenga la factura debe pagar el impuesto que no pagó quien la emitió, esto antes de asumir que participa en la comisión de delitos fiscales.
Después llega la visita exprés, que va dirigida a la persona que emitió el comprobante, no tanto a quien la recibió, esto en el supuesto que falsificó el comprobante.
La recomendación es contar con buenos controles internos y tener una excelente relación con los proveedores, saber todo de cada uno, investigar, para evitar este tipo de situaciones.












