Una reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sienta un precedente para reconocer que las mujeres trans tienen derecho a no ser discriminadas y a la indemnización por daño moral y punitivo en caso de ser víctimas de un acto de este tipo.
La activista trans, Marycarmen Pereyra Vázquez, comentó que, se supone que la justicia es pronta y expedita, pero en el caso que resultó en la resolución aludida, tardó casi 10 años en el proceso hasta lograrse, y es que fue que a dos mujeres trans les prohibieron el acceso a los baños de mujeres en un centro comercial.
Hacen historia
Manifestó que la resolución es de gran envergadura, no solo para las mujeres trans, sino para todas las personas, porque es la primera vez que la SCJN plantea que la discriminación genera un daño moral a la víctima y manda un mensaje, que quien discrimina, tiene que pagar una indemnización.
Destacó que el primer tribunal al que asistieron las demandantes no hizo el juicio con perspectiva de género, porque además la empresa quería que acreditarán que eran mujeres, eso habla también de la capacitación de algunos impartidores de justicia.
Esta situación pone de manifiesto que las empresas deben capacitar a sus trabajadores en el tema, o de lo contrario tendrán que pagar una multa a parte de una indemnización.
La activista dijo que esta situación se ha visto en varios municipios de Chiapas, así como en el resto del país, donde hay casos que se hacen virales en redes sociales, incluso pasa en bares, restaurantes, que no son tan concurridos.
Esto tiene que ver con un factor social y es que la transfobia prevalece arraigada en la sociedad mexicana, a diferencia de otros países como España, Uruguay, Argentina, Colombia y otros, donde las mujeres trans han tenido el acceso a los baños de mujeres sin menoscabo a su integridad. “La sociedad avanzará conforme lo hagan las instituciones, esto es un logro”.