La Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informó a la población sobre cómo acceder a los apoyos implementados por los bancos durante la contingencia generada por el Covid-19.
Gloria Guerrero Hernández, delegada en la entidad, expuso que las instituciones financieras han tomado estas determinaciones con el fin de mitigar los efectos asociados a la contingencia derivada del Covid-19.
Detalló que estos apoyos deben considerarse como un alivio temporal de liquidez, y estos consisten básicamente en un periodo de gracia o prórroga de cuatro o hasta seis meses, transcurrido dicho plazo se deberá comenzar a pagar.
La delegada expuso que será el banco quien analice caso por caso y verificará que se cumplan determinados requisitos por parte del acreditado, para ser sujeto del apoyo que se solicita.
Agregó que los bancos han establecido una serie de beneficios o facilidades temporales para que los usuarios puedan diferir los pagos de sus créditos al consumo, a la vivienda y también a los créditos comerciales para mejorar su liquidez.
Dentro de estos beneficios a los que se pueden acceder están: crédito automotriz, crédito personal, crédito de nómina, tarjeta de crédito y microcrédito.
Para acceder a un apoyo de diferimiento de los pagos de un crédito, el usuario debe comunicarse con la institución financiera con la que tiene contratado el crédito para conocer los requisitos que se deben cumplir, los cuales son: que la cuenta esté en cartera vigente al 28 de febrero de 2020, acreditar que el usuario se ha visto afectado directamente como resultado de la situación que vive el país por la epidemia causada por el virus Covid-19.
También que el crédito tenga una vigencia de vida, es decir, que ya se lleven ciertas mensualidades pagadas, generalmente más de la mitad del plazo originalmente establecido, aunque esto depende del criterio de cada banco.
Es importante reiterar que las medidas de apoyo que los bancos podrán aplicar son de manera discrecional, esto es, no es obligatorio para los bancos aceptar todas las solicitudes que les hagan los usuarios.
“En lo general, lo que harán los bancos es renovar o reestructurar los créditos con un plazo de gracia de cuatro meses, con posibilidades de extenderlos por dos meses más, siempre y cuando este proceso se realice dentro de los 120 días naturales siguientes al 28 de febrero de 2020; esto es a partir del saldo insoluto que se tenía en febrero”, precisó.
En este caso, detalló, que si el cuentahabiente no pudo pagar la mensualidad de marzo, pero iba al corriente antes, no tiene de qué preocupare, es parte de los meses que se pueden reestructurar.
En casos particulares y a discreción de los bancos, las reestructuras o renovaciones podrán incluir quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos sobre el saldo del crédito, que permitan menores pagos o mensualidades.
Para los acreditados en fechas posteriores, como mecanismo para fortalecer la liquidez de estos últimos, aún y cuando seguramente el plazo del crédito será mayor.
La renovación de estos créditos no será reportada por los bancos como créditos vencidos ante las Sociedades de Información Crediticia, es decir, ante el Buró de Crédito o Círculo de Crédito.
Esto es, no implicarán un deterioro o una mala nota en el historial crediticio de los acreditados, que los pudiera afectar posteriormente.
En el caso particular de las tarjetas de crédito, el saldo que no se pague, sigue generando intereses de forma normal con la misma tasa hasta que se liquide en su totalidad.
La Condusef sugiere a los usuarios analizar si verdaderamente necesitan reestructurar el crédito, porque sus ingresos o flujo de dinero que venían recibiendo regularmente ha disminuido por efectos de la situación que el país atraviesa por la epidemia.












