Reforma sobre cirugías estéticas es ambigua

Recientemente la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó reformas a la Ley General de Salud para establecer la obligación de un título profesional o certificado para la práctica de cirugías plásticas, estéticas y reconstructivas.

La exposición de motivos plantea la proliferación de oportunistas ofreciendo operaciones estéticas sin contar con la experiencia que garantice no poner en riesgo la salud o la vida de la persona solicitante.

Sin embargo, la reforma —que fue enviada al Senado para su análisis y eventual ratificación— ha generado reacciones de desaprobación por grupos de médicos, quienes dicen que los cirujanos plásticos y reconstructivos buscan acaparar algo que ni siquiera realizaron en la especialidad.

Señalan que todas las especialidades se realizan en los hospitales públicos y que ahí no se realiza la cirugía estética, es decir, no tienen la práctica quirúrgica en cirugías estéticas.

La Secretaría de Salud federal refiere que en el Sistema Nacional de Residencias Médicas no existe el curso de especialización médica en cirugía plástica, estética y reconstructiva como se plantea en la reforma aprobada para que los médicos puedan realizar ese tipo de procedimientos.

Cirugía reconstructiva

El director del IMSS, Zoé Robledo, manifestó (en una de las mañaneras del presidente de la República) que las cirugías estéticas son de los pocos procedimientos que están fuera del catálogo del instituto; no obstante, sí cuentan con cirujanos plásticos reconstructivos en el tercer nivel de atención.

Por otra parte, en un oficio del Issste compartido a este medio, puede leerse que no cuenta con un presupuesto para atender y ofrecer a sus derechohabientes tratamientos en medicina estética y que ningún director del hospital puede autorizar una cirugía cosmética en su unidad.

Además, que los educandos de especialidades quirúrgicas no pueden realizar procedimientos quirúrgicos de tipo estrictamente de estética o cosmética; asimismo, la institución no emite algún diploma o título a sus médicos egresados de residencias médicas que incluya la palabra estética o estético.

Los médicos que realizan procedimientos estéticos deben ser especialistas y certificados, deben cumplir con los artículos 272 bis de la Ley General de Salud y el 95 bis 4 del reglamento de la Ley General de Salud, pero con la modificación esos lineamientos quedan ambiguos.