Reformas constitucionales

"Jorge Adame * El Universal. Se ha propuesto que la Comisión Nacional de Derechos Humanos promueva una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas de las constituciones locales que se han hecho en 18 estados de la República, con el fin de proteger la vida humana desde el momento de la concepción.

øSon dichas reformas violatorias de los derechos humanosú La finalidad de esas reformas es declarar que el recién concebido está jurídicamente protegido. En consecuencia, se le reconoce como titular de derechos humanos. Esto es algo plenamente congruente con los tratados de derechos humanos en vigor en México y en el mundo.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece el derecho a la vida en su Artículo 6: ""El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho está protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente"".

Para evitar cualquier duda de que se protege el derecho a la vida de las ""personas"" pero no de todos los individuos de la especie humana, el Artículo 16 del mismo tratado dice: ""Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica"". Por consiguiente, el recién concebido, que es un ser humano, tiene derecho a la vida y no puede ser privado de ella arbitrariamente.

Cuando las legislaturas de los estados reforman la Constitución para señalar que protege la vida humana, actúan en plena concordancia con lo que disponen esos tratados de derechos humanos al tomar una medida legislativa que hace efectivo el derecho a la vida.

Las constituciones locales reformadas han hecho explícito que el ser humano concebido goza de la protección jurídica, lo mismo que el ya nacido, de modo que constituyen un progreso en el sentido de asegurar la igualdad esencial de todos los seres humanos y evitar, como dice el Artículo 18 de nuestra Constitución Federal, toda discriminación que vulnere o restrinja sus derechos fundamentales.

Por tanto, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos no tiene ninguna razón para plantear una acción de inconstitucionalidad contra esas reformas.

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