Luego de que se anunciara el trámite de licencias federales digitales de autotransporte por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el pasado 15 de febrero las reglas de instrumentación de la Licencia Federal Digital.
La publicación de las reglas en el DOF es con el fin de difundir entre los autotransportistas la modalidad digital de las licencias, pues será a partir del uno de abril del presente año y durante un periodo de medio año, que la SCT emitirá licencias federales digitales de autotransporte a quienes cumplan con los requisitos administrativos, médicos y de capacitación aplicables.
De acuerdo con las reglas de carácter general para su instrumentación, los conductores de vehículos de autotransporte interesados deberán presentar solicitud vía electrónica y cumplir con los requisitos que la normatividad establece.
Posteriormente, descargar en un teléfono móvil la aplicación “Licencia Federal Digital” que estará disponible en tiendas virtuales, con la que tendrán conexión a la base de datos de la secretaría y a la descarga gráfica de la licencia digital.
Para ello, la aplicación pedirá al titular de la licencia que ingrese su CURP, folio médico y número de teléfono celular, así como número de autenticación a través de mensaje o SMS. Los usuarios también podrán imprimir la licencia en papel y tendrá vigencia de un mes contado a partir de su impresión.
Cabe señalar que aunque ya están disponibles las reglas de instrumentación y los pasos a seguir en la aplicación, la SCT aún no define la fecha en que estará disponible la aplicación “Licencia Federal Digital” para descargarse en el teléfono celular.
La Licencia Federal Digital acreditará las habilidades, capacidades o certificaciones, según corresponda, necesarias para la conducción, auxilio, operación o pilotaje de vehículos de autotransporte, ferrocarriles, aeronaves o buques.
Con base en el DOF, el objetivo es buscar que los trámites relativos a las licencias federales en su versión digital “se substancien con mayor celeridad y certeza respecto de su autenticidad, intercambio de información en tiempo real, trazabilidad y transparencia, en beneficio de los usuarios y del Gobierno Federal”.











