Reiteran hacer denuncias por acoso sexual digital

Aida Jiménez Sesma, diputada local por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), invitó a las mujeres que sufren o han sufrido actos de acoso sexual virtual a denunciar, ya que para poder ser castigados sus acosadores debe de haber una denuncia correspondiente ante las autoridades.

La diputada mencionó que esta conducta es un delito que se encuentra plasmado en la ley, debido a que en la presente legislatura se modificaron artículos para que sea castigado.

En razón de la #LeyOlimpia, la diputada agregó que este acto legislativo hizo que Chiapas fuera la tercera entidad en aprobar dicha ley, por lo que a más de un año de dicho acto ya se encuentran avances.

Mencionó que realizan un trabajo en conjunto con la Fiscalía General del Estado (FGE) para que los agresores reciban su castigo, sin embargo, el número de denuncias es relativamente menor a las que se pueden ver por redes sociales, por ello, instó a las mujeres a denunciar dicha conducta ya que el delito se persigue por querella.

“Invito a las personas que han sido víctimas de este delito, porque existen muchas trabas, o por miedo a ser revictimizadas, decirles que las autoridades les acompañaremos a hacer la denuncia y trabajar para que dichos actos no queden impunes”, finalizó.

El 24 de enero de 2018, el Congreso del Estado de Chiapas adiciona el artículo 238 Bis al Código Penal del Estado de Chiapas para tipificar el acoso sexual en los espacios públicos.

La tipificación del acoso sexual tiene sus antecedentes desde el año 2014, cuando diversas organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, activistas, colectivas feministas, entre otras, decidieron alzar la voz contra la violencia naturalizada en los espacios públicos.

El artículo reformado (artículo 238 Bis) se detalla de la siguiente forma de acuerdo al Diario Oficial, publicado el 24 de enero de 2018: “Comete el delito de acoso sexual, quien, con fines de lujuria, asedie a persona de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

De igual manera incurre en acoso sexual, quien sin consentimiento del sujeto pasivo y con propósito de lujuria o erótico sexual, grabe y/o fotografíe a cualquier persona a través de medios informáticos, audiovisuales, virtuales o por cualquier otro medio”.