Sergio Granda * CP. Los ministros de culto o religiosos, pueden seguir acudiendo a las urnas en tiempos electorales, siempre y cuando no induzcan el voto hacia ningún candidato de su preferencia, sostiene a título personal el diputado presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, Sergio Lobato García. Brevemente, el diputado priísta consideró que tanto los religiosos como algunos ministros de culto, sean de la religión católica o diferente, tienen el derecho a emitir su voto ciudadano, pero siempre y cuando no utilicen su cargo eclesiástico o grado que ostenten dentro de cualquier organización para manipular o inducir una votación.
Polémica
Sobre el debate nacional acerca de permitir o no futuras reformas legales a la Carta Magna y, en consecuencia, facultar a los ministros de culto o religiosos a convertirse en candidatos a un cargo de elección popular, el también diputado vicepresidente de la Mesa Directiva explicó que se llama ministro de culto, a quienes profesan de manera cotidiana alguna religión, de preferencia evangélica, mientras que los religiosos son católicos.
Legislación
Argumentó que actualmente la Ley de Cultos Religiosos es muy clara en el país, al citar que tanto los ministros de culto como los religiosos deberán de abstenerse de participar, pero sobre todo a inducir al voto en los procesos electorales que se registren en los municipios, entidades y el país.
Finalmente y sobre el sentir del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en torno a este debate nacional, el diputado Lobato García expresó que se da en el sentido individual y particularmente para que en Chiapas y el resto del país, los ministros de culto o religiosos respeten el derecho de cada ciudadano mexicano a decidir libremente su voto, además de ser respetuosos de lo contemplado en los Códigos Electorales vigentes.











