"Ana Laura Mondragón * CP. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) aplica restricciones al transporte de carga desde el pasado 31 de marzo y hasta el lunes 12 de abril próximo, para garantizar un tránsito más seguro a usuarios de la red carretera nacional durante el periodo de vacaciones que se vive en todo el país.
Las medidas especifican que vehículos que transporten productos básicos y energéticos, como gasolina, diesel, combustóleo, gas LP, turbosina y amoniaco, podrán transitar sin restricción de horario durante el periodo vacacional, sólo si cumplen con los requisitos preventivos de seguridad, y los relativos a las condiciones físico-mecánicas de los automotores, con la finalidad de reducir las posibilidades de ocurrencia de accidentes.
En el caso del amoniaco, toda vez que es un producto esencial para la refinación de combustibles, su transportación quedará bajo la estricta responsabilidad del expedidor y transportista, quienes deberán incrementar las medidas de seguridad.
Los unidades que movilizan materiales y residuos peligrosos que no estén considerados en las especificaciones anteriores, como tractocamiones con doble caja o remolque, así como los que trasladan por lo regular vehículos nuevos, o conocidos como góndolas, madrinas o nodrizas, podrán transitar únicamente en las autopistas de altas especificaciones (""ET"" y ""A""), sin restricción de horario.
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