La Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural (Semahn), a través de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo de Energías, durante el 2022 recibió 52 proyectos para su ingreso al procedimiento de evaluación en materia de impacto y/o riesgo ambiental, de los cuales 40 se encuentran resueltos y 12 en trámite actualmente.
Al respecto, el artículo 98 de la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas (Laech) establece que una resolución en materia de impacto ambiental puede emitirse en tres formas: I. Autorizar la realización de la obra o actividad en los términos solicitados. II. Autorizar de manera condicionada total o parcialmente la obra o actividad de que se trate, o en su caso la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación a fin de que se eviten, atenúen o compensen los impactos ambientales adversos susceptibles de ser producidos en la construcción, operación normal y en caso de accidente. III. Negar la autorización solicitada.
Por esta razón, la mayoría de las resoluciones son emitidas en forma condicionada, es decir, están sujetas al cumplimiento de condicionantes y puntos resolutivos en donde se establecen acciones y medidas para mitigar o compensar los impactos ambientales negativos de las obras o actividades evaluadas, lo cual es un reflejo del apego al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Laech.
Este procedimiento de evaluación es de suma importancia, ya que permite incidir en el desarrollo de proyectos de competencia estatal, desde la etapa de preparación del sitio, construcción, operación y, en su caso abandono, considerando la evaluación de todos los impactos ambientales a través de la aplicación de metodologías adecuadas al tipo de proyecto y su localización.