Resuelven contra Emilio Salazar

"Carlos Burguete * CP. Con seis votos a favor, los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa (TJEA) consideraron como procedente la medida cautelar que impuso la Comisión de Fiscalización Electoral (Cofel), en contra del panista Emilio Salazar Farías, para que el político suspenda la publicidad en la que promueve su imagen a través de anuncios espectaculares, toda vez que dicha resolución está apegada conforme a derecho.

Los magistrados Noé Miguel Zenteno Orantes, Genaro Coello Pérez, Clara Guadalupe Domínguez Suárez, Susana Sarmiento López y Guillermo Asseburg Archila, apoyaron el proyecto presentado por el magistrado Alberto Peña Ramos, quien durante su exposición consideró que la medida cautelar tiene como objetivo el de evitar la violación de la normatividad electoral, por lo que los argumentos emitidos por las autoridades de la Cofel se encuentran debidamente fundamentados.

""No se está emitiendo una resolución de carácter definitivo, cuyo objeto principal sea la supresión de un derecho adquirido, sino únicamente se trata de una suspensión de carácter provisional, con el objeto de prevenir la vulneración de la normatividad electoral y evitar daños irreparables, lo anterior no implica violación a la garantía de previa audiencia, toda vez que se trata de una medida cautelar de carácter temporal"", expresó el magistrado Peña Ramos.

La mayoría de los magistrados no coincidieron con el proyecto que previamente había presentado el magistrado presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa, José María Chambé Hernández, quien consideró insuficientes las pruebas presentadas por las autoridades de la Cofel para establecer la medida cautelar en contra del panista Emilio Salazar Farías y actual secretario general del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez.

Entrevistado al término de la sesión, el magistrado presidente dijo que los juicios que se presenten ante el Tribunal Electoral, con motivo al actual proceso comicial, serán analizados de acuerdo a su complejidad, de ahí que las resoluciones que se emitan no necesariamente tienen que tomarse como precedentes.

""Nosotros iremos siempre a analizar cada caso de manera concreta, en este caso, fueron los espectaculares y unas notas periodísticas; cada caso dependerá de las pruebas que cada expediente contenga"", indicó.

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