Retención de dinero es sujeto a la procedencia

Retención de dinero es sujeto a la procedencia

Toda transportación de grandes cantidades de dinero en efectivo es sujeta a escrutinio por parte de la autoridad, sin embargo el tiempo de retención será determinado por la procedencia del dinero, explicó Servando Cruz Solís, presidente de la Barra Chiapaneca de Abogados, en relación a los incidentes que se han presentado en el Aeropuerto Ángel Albino Corzo con particulares.

Detalló que en caso de tratarse de moneda nacional no existe tanto problema, ya que la acreditación puede realizarse a través de evidencia de depósitos, una venta o alguna referencia que dé la certeza del origen del recurso.

Sin embargo, explica que cuando se trata de moneda extranjera y una cantidad fuerte, el portador debe solicitar una certificación expedida por la Comisión Nacional Bancaria para que pueda transportarse libremente.

Cabe hacer referencia que el pasado 30 de enero, una persona fue detenida por la transportación de 140 mil dólares al momento que intentaba abordar un avión en el aeropuerto de Chiapa de Corzo.

Los 140 mil dólares iban en billetes de 20, eran transportados en tres bolsas ocultas entre ropa y otras pertenencias.

Tanto el dinero y la persona que lo transportaba fueron detenidos y puestos a disposición del Ministerio Público de la Fiscalía General de la República (FGR), que inició una carpeta por estos hechos.

En este contexto, Cruz Solís puntualizó que en caso de que exista una acreditación de por medio no puede haber detención; en caso de no existir, las autoridades pueden solicitar la presencia de un perito valuador, pero todo ello debe hacerse de manera inmediata.

“De acuerdo al artículo 22 constitucional están prohibidos los decomisos, por ello en muchas ocasiones se confunde este término con retención del dinero para investigación”, precisó.

Citando este último caso, y de manera general, si el dinero procede de una casa de cambio es de conocimiento que se requiere de la certificación para su transportación.

“Esta documentación certificada da cuenta de que el dinero ya fue objeto de revisión a petición del propietario y de esta manera ser transportado sin problema alguno”, manifestó.

En caso de que se cumpla con la acreditación, o en su caso certificación y el portador es retenido por mucho tiempo, podrá exigir la reparación del daño, como la pérdida de un vuelo, la concreción de una venta, entre otros.

El abogado destacó la importancia del conocimiento sobre estos temas que también pueden evitarse con el uso de transferencias y chequeras.