En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó los lineamientos en materia de paridad de género, que deberán observar partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes en el Proceso Electoral Local 2021, ante la invalidación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lipech).
El consejero electoral, Guillermo Arturo Rojo Martínez, explicó que con esto se abrogan los lineamientos aprobados previamente armonizados con la Lipech, toda vez que fue invalidada por una acción de inconstitucionalidad en resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 3 de diciembre pasado, estableciendo la reviviscencia del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.
La consejera Sofía Margarita Sánchez Domínguez comentó que se garantiza el acceso a los cargos de elección popular, tanto por mayoría relativa como por representación proporcional, de manera equitativa y libre de violencia para las mujeres.
Mencionó que a diferencia de los lineamientos anteriores en este caso, se vuelve a retomar la disposición del Código que señala en el caso de los ayuntamientos, que no habrá una lista adicional para asignar las regidurías por representación proporcional, sino que la misma que participa para la elección por mayoría relativa se tomará bajo la regla de que para cada uno de los partidos políticos, la posición non (uno y tres), será para mujeres y la segunda será para hombres.
Dijo que esta regla no la establece de manera arbitraria el instituto, sino que está regulada en leyes generales y en sentencias. Hace que en los ayuntamientos haya un mayor número de mujeres en las regidurías por representación proporcional, que fue lo que generó en su momento renuncias masivas para dejar en los cargos a hombres, bautizado como “las manuelitas”.
Enfatizó que esto se había restringido en la Lipech pero al retomar el Código de Elecciones, existe nuevamente la probabilidad de que se vuelvan a presentar estas renuncias masivas, aunque la presión contra una mujer para que renuncie a un cargo público es ya considerada una conducta de violencia política en razón de género.
“Espero que los partidos políticos hayan aprendido la lección de lo que sucedió en el paso proceso electoral, y ahora está ya regulado. De ninguna manera el instituto permitirá que se vulneren los derechos de las mujeres a favor de los hombres; nuestra obligación es cumplir con las reglas de la paridad y en particular con esta regla”, declaró.
Por otra parte, el Consejo General del IEPC aprobó el reglamento para la postulación y registro de candidaturas para los cargos de diputaciones locales y miembros de Ayuntamiento, con base al Código de Elecciones y Participación Ciudadana, con lo que se abroga el armonizado con la Lipech.
En ese tema, el consejero presidente, Oswaldo Chacón Rojas, establece la exigencia del formato “3 de 3 contra la violencia política en razón de género”; se mantiene el requisito de no ser familiar del alcalde o síndico en funciones cuando se aspire a esos cargos; se mantiene el sistema estatal de registro de candidaturas que se realizará del 21 al 26 de marzo.
Asimismo, la licencia obligatoria para buscar la reelección 90 días previos a la jornada electoral; 10 por ciento de candidaturas propietarias para personas de hasta 29 años de edad; en las candidaturas indígenas las diputaciones de representación proporcional, cinco de las 16 fórmulas serán indígenas y por lo menos uno ocupará cualquiera de los tres primeros lugares.
En el caso de ayuntamientos en 22 municipios, 50 por ciento de 43 postularán a personas indígenas a la presidencia municipal, adicionalmente, en 33 municipios postularán a indígenas de manera proporcional al porcentaje de población indígena del municipio.