Quienes integran el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) determinaron que, pese a la queja interpuesta por exfuncionarios de Chalchihuitán, en el municipio no se cometió violencia política en razón de género.
En este ayuntamiento los habitantes han solicitado, en reiteradas ocasiones, la instalación de un Concejo Municipal; los integrantes del Cabildo solicitaron licencia al cargo y la petición se encuentra en análisis por parte de los diputados.
En tanto, el TEECH explicó que, mediante el expediente TEECH/JDC/023/2019 y su acumulado TEECH/JDC/024/2019, que promovieron el ahora exsíndico Hermelindo García Núñez y la exalcaldesa
Margarita Díaz García, se acusó al coordinador de Delegaciones de la Secretaría de Gobierno del Estado de Chiapas y otros funcionarios por la violación de sus derechos políticos electorales de ser votados en su vertiente de ejercicio del cargo.
“Los actores demandan que las autoridades responsables desplegaron diversos actos de autoridad, constituyendo violencia política en razón de género y violencia política”, dice el pronunciamiento del organismo jurisdiccional, el cual dio revés a la queja.
De manera textual la sentencia señala: “se declara inexistente la violencia política en razón de género en contra de Margarita Díaz García, pues las constancias que obran en autos, este Tribunal no advierte la configuración de los actos que la actora reclama, ya que la notificación de la Orden de Auditoría le fue realizada, en su carácter de presidenta municipal de Chalchihuitán, como resultado de una denuncia realizada por habitantes de ese municipio, por lo que la autoridad actuó conforme a las atribuciones otorgadas por la ley”.
Agrega que, pese a la molestia de los exfuncionarios, en dicho ayuntamiento no existió violencia, presión, coacción o amenaza alguna en contra de ella, ni mucho menos violencia en razón de género.
El Pleno del Tribunal insistió, a través de una sesión pública, que todos los elementos que presentó la expresidenta no fueron suficientes para probar la violencia política en razón de género; a esto, dice el documento, se le agrega que “según su dicho, los actos se dieron con la finalidad de forzarla o presionarla para que renunciara al cargo, sin embargo, en las pruebas no obra escrito de renuncia alguna”.
También el TEECH rechazó el argumento presentado por García Núñez porque no cuentan con la certeza suficiente para confirmar que las autoridades a quienes se demandan cometieron violencia política, por lo que dicho agravio resulta infundado.
Finalmente, en el Congreso de Chiapas no se ha informado en qué fecha presentarán ante el Pleno el dictamen que hace referencia a la licencia que solicitaron los integrantes del Cabildo.












