La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado (TEPJF) confirmó la sentencia hecha por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) sobre la intención del presidente municipal con licencia de Tuxtla Gutiérrez, respecto a la constitucionalidad del requisito de separación del cargo con noventa días antes de la jornada electoral, cuando se busque la reelección consecutiva al cargo de presidencia municipal.
El TEECH, en sesiones pasadas, respondió al TEECH/RAP/024/2021 y su acumulado TEECH/JDC/026/2021, promovido por el entonces presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez en contra del acuerdo IEPC/CG/A/023/2021, por el que el IEPC da respuesta a su consulta planteada referente a la aplicación del artículo 17, numeral 1, apartado C, fracción IV, inciso d, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, de la separación del cargo anticipado para la postulación a un cargo de elección popular por la modalidad de reelección.
El TEECH determinó que el presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez debería separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral y no continuar en este como pretendía el actor, ello para garantizar la equidad de la contienda, la igualdad de condiciones entre los participantes y el requisito de proteger el uso de recursos públicos.
Ante su inconformidad, el alcalde impugnó y el expediente fue trasladado a la Sala Superior bajo el expediente SUP-REC-158/2021.
Ante el fallo en contra, el alcalde tuvo que hacer el procedimiento electoral correspondiente para buscar su reelección.
El pasado 10 de marzo, el Congreso del Estado aprobó la licencia temporal al cargo del presidente municipal para buscar su reelección consecutiva.











