Sanciones inconstitucionales proponen en Senado

Sanciones inconstitucionales proponen en Senado

La Barra Mexicana del Colegio de Abogados se pronunció para calificar como inadecuadas e inconstitucionales las sanciones administrativas, propuestas en la iniciativa de reforma a los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de México, presentada por el senador Ricardo Monreal Ávila.

La iniciativa busca establecer un régimen de sanción hacia quienes ejerzan la profesión de la abogacía procesal de manera indebida, presentando testigos o documentos falsos, o distorsionar deliberadamente el proceso jurisdiccional.

De acuerdo a la Barra las sanciones son inadecuadas debido a que el Consejo de la Judicatura Federal no es autoridad competente para conocer procedimientos sancionadores en contra de particulares que ejercen la abogacía en los juicios de amparo, además de que la sanción carecería de medios de impugnación.

Precisó que aunque la persecución de actos ilegales en la abogacía procesal es un tema en común, la propuesta afecta el derecho de defensa al integrarse a los colegios de abogados como parte del proceso sancionador.

Se debe tomar en cuenta que la mayoría de los abogados en México no están agremiados a algún órgano colegiado, por lo que estarían en desventaja respecto a los que sí lo son.

Según esta organización, encabezada por Héctor Herrera Ordoñez, la iniciativa no específica de que lado estarían los colegios, si de los acusados o de la autoridad, esto último podría costar la salida de los organismos al convertirlos en fiscalizadores. 

Asegura que esta propuesta afecta el derecho a la libertad para ejercer una profesión lícita depositado en el 5o constitucional, el principio de legalidad, el de seguridad jurídica y debido proceso al prever la cancelación de la cédula profesional sin posibilidad de impugnación, delegando de manera incorrecta a la Judicatura Federal esta facultad.

La Barra Mexicana del Colegio de Abogados afirma que dicho organismo se convertiría en un área de investigación y acusación, al iniciar el proceso sancionador con tal sólo la sospecha de conductas indebidas, con lo que se viola el principio de presunción de inocencia.

Ante esto, los abogados organizados manifiestan que en la Ley de Amparo existe un camino idóneo, que es la vía penal, con lo que es necesario proveer a los Ministerios Públicos de mejores herramientas, precisando la obligación de los órganos jurisdiccionales de amparo denunciar la posible comisión de estos hechos de los que tengan conocimiento.